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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 21 de octubre de 1996, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1806/1993, promovido por Sanatorio de Nuestra Señora de la Salud, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil «Sanatorio de Nuestra Señora de la Salud, de Granada, S.A.¯, contra la resolución del Director General de Trabajo y Seguridad Social de 3 de junio de 1993, que, confirmaba la resolución del Delegado Provincial de Granada de esa Consejería, dictada en los expedientes 328, 329, 322, 323, 324, 325, 326 y 327, todos de 1992, relativos a diversas actas de infracción, resoluciones y expedientes que confirmamos en todos sus extremos por entenderlos ajustados a Derecho; sin imposición en costas.
Sevilla, 15 de noviembre de 1996.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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