Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 10/12/1996

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 4 de diciembre de 1996, de la Viceconsejería, por la que se establecen los servicios mínimos para el personal docente en los Centros Públicos de Educación dependientes de la Consejería, en relación con la huelga convocada para el día 11 de diciembre de 1996.

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Por las Organizaciones Sindicales UGT/A, CC.OO./A, CSI-CSIF, ANPE y USTEA ha sido convocada huelga para el próximo día 11 de diciembre de 1996, también en el sector de la enseñanza pública.

Por ello es necesario determinar, según lo establecido legalmente, unos servicios que, aunque sean mínimos, garanticen al ciudadano una atención que sea suficiente para no perjudicar sus intereses, todo ello de acuerdo con el criterio de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que determina la prioridad del derecho de la Comunidad a los servicios esenciales, entre los que se incluye el derecho a la educación.

En consecuencia, de acuerdo con lo que dispone el artículo 28.2 de la Constitución, el artículo 10, párrafo segundo, del Real Decreto-Ley 17/77, de 4 de marzo; Sentencias del Tribunal Constitucional de 8 de abril y 17 de julio de 1981 y de la Audiencia Nacional de 11 de junio de 1996; el Decreto

255/87, de 28 de octubre, de atribución de competencias de personal de la Junta de Andalucía, y el punto uno de la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 21 de mayo de 1996, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería.

D I S P O N G O

Primero. El mantenimiento, durante la jornada de huelga convocada para el próximo día 11 de diciembre de 1996, de los servicios mínimos siguientes y en relación con el personal docente:

- El Director en cada centro público de educación dependiente de esta Consejería.

- El Director en cada Residencia dependiente de esta Consejería.

Segundo. Dar traslado de lo dispuesto en la presente Resolución a las Delegaciones Provinciales a los efectos procedentes y para conocimiento de los afectados.

Sevilla, 4 de diciembre de 1996.- La Viceconsejera (P.D. O. 21-5-96), Isabel Mateos Guilarte.

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