Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 17/12/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 25 de noviembre de 1996, de la Delegación de Gobernación de Almería, por la que se conceden a los Ayuntamientos de Laujar y Cuevas del Almanzora, subvenciones con destino a viviendas y enseres de los ciudadanos afectados por inundaciones.

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La Orden de 25 de junio de 1996, destina veinte millones de pesetas para la provincia de Almería para subvencionar los daños sufridos en las viviendas y enseres afectados por las inundaciones.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 1º B) del Decreto 117/1989, de 31 de mayo, por el que se regulan las subvenciones que otorga la Consejería de Gobernación a las Corporaciones Locales para gastos que comporten inversión en obras y servicios de extrema necesidad ocasionados por daños catastróficos y en base a las Ordenes de la Consejería de Gobernación de 2 de junio de 1989 y 11 de marzo de 1992, por las que se delega la facultad de otorgar subvenciones a los Delegados de Gobernación; y de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/1996, de 31 de julio, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996, que en su artículo 109 regula las subvenciones concedidas deberán ser publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Vistos los expedientes presentados en esta Delegación.

R E S U E L V O

Primero. Conceder al Ayuntamiento de Laujar 237.722 pesetas y al Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora 3.565.000 pesetas con cargo a la consignación presupuestaria 761.00.21B.

Segundo. Se declaran dichas subvenciones específicas por razón del objeto.

Tercero. La justificación se realizará ante la Delegación de Gobernación en la forma prevista en el Decreto 149/88, de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía.

Cuarto. De la presente Resolución, se dará conocimiento a los Ayuntamientos beneficiarios.

Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación (artículo 114 L.R.J. y P.A.C.).

Almería, 25 de noviembre de 1996.- El Delegado, Juan Callejón Baena.

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