Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 19/12/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación de Gobernación de Sevilla, por el que se notifica Resolución de expediente sancionador que se cita. (SAN/ET-10/ 96-SE).

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Examinado en esta Delegación de Gobernación el expediente sancionador de referencia seguido a don Juan Carlos Ramírez Izquierdo con domicilio en C/ Jesús del Gran Poder núm. 73 (Sevilla), resulta lo siguiente:

A N T E C E D E N T E S

I

Mediante acta de fecha 27 de abril de 1995, formulada por la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía, se denuncian los siguientes hechos:

Reventa no autorizada de localidades para espectáculos taurinos en C/ Paseo de Colón.

I I

Con fecha 16 de enero de 1996, se dictó Acuerdo de Iniciación de Expediente, nombrándose Instructor y Secretario del mismo. Se presentaron las siguientes alegaciones: Que las entradas pertenecían a sus padres, que no pudieron acudir al festejo, no tratándose de reventa, sino de venta, no habiendo ánimo de lucro. No se estimó la alegación, pues remitidas al denunciante, éste se ratifica en los términos de la denuncia. No presentó alegaciones a la Propuesta de Resolución.

III

En el presente expediente se han seguido los trámites previstos en la legislación vigente en materia de expedientes sancionadores.

HECHOS PROBADOS

Del examen del expediente y documentación incorporada al mismo, resultan probados los hechos referidos en el antecedente I de la presente Resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I

La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencias en materia de Espectáculos Públicos en virtud del artículo 13.32 del Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre. La transferencia de funciones y servicios en esta materia, de la Administración del estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, se realizó por Real Decreto 1677/1984, de

18 de julio y por el Real Decreto 294/1984, de 20 de noviembre, se asignan a la Consejería de Gobernación dichas funciones y servicios.

I I

Los hechos constituyen infracción del artículo 37.5 del Real Decreto

176/1992, de 28 de febrero, Reglamento de Espectáculos Taurinos, tipificado como falta y sancionándose en la cuantía propuesta conforme a los artículos

15.n) y 18.1.a) de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

Vistos: Los textos legales citados y demás normativa de general aplicación, esta Delegación de Gobernación ha resuelto sancionar a don Juan Carlos Ramírez Izquierdo con 30.000 ptas. de multa.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes conforme a lo estipulado en los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Nota: Se acompaña impreso núm. 271628 con el que podrá hacer efectivo el pago de la sanción mediante ingreso en la c/c 63/01050-54 del Banco de Andalucía, abierta a nombre de «Tesorería General de la Junta de Andalucía. Cuenta restringida para la recaudación de tasas y otros ingresos¯.

Sevilla, 2 de octubre de 1996.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.

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