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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Transporte Colectivo Urbano que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS, S.A. HUELVA
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Billete ordinario 90 ptas. Bono-bus 10 viajes 575 ptas. Servicios especiales 125 ptas.
Tarjeta estudiantes
Mensual ordinario 2.000 ptas. Mensual becario 1.500 ptas. Trimestral ordinario 5.000 ptas. Trimestral becario 4.000 ptas.
Tarjeta pensionista 450 ptas. Bono-Bus Tercera Edad
(con limitación de rentas,
que no superen el Salario
Mínimo interprofesional) Gratis
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 12 de diciembre de 1996
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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