Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 24/12/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 3 de diciembre de 1996, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 30 de octubre de 1995, desestimatoria del recurso núm. 326/93.

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En el recurso contencioso-administrativo número 326/93, interpuesto por Recreativos Jesús Miras, S.A., contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, número 14/01595/91, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia, que es firme, de fecha siete de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso interpuesto por Recreativos Jesús Miras, S.A., contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo de Andalucía de 25 de febrero de 1993, desestimatoria de la reclamación en que la entidad mercantil recurrente había impugnado autoliquidaciones correspondientes al Gravamen complementario de la Tasa Fiscal sobre Máquinas Recreativas y de Azar, sin costas¯.

En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de

1994, y de conformidad con lo establecido en los arts. 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Córdoba, 3 de diciembre de 1996.- El Delegado, Antonio Hurtado Zurera.

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