Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 06/02/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales

RESOLUCION de 26 de enero de 1996, del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se actualiza el coste de las plazas concertadas por dicho Instituto con Centros especializados para los sectores de personas mayores y personas con minusvalías.

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En virtud de lo dispuesto por la Disposición Transitoria Primera y Segunda y Disposición Final Primera de la Orden de 17 de junio de 1993, por la que se regulan los conciertos de plazas entre el Instituto Andaluz de Servicios Sociales y los centros de atención especializados para los sectores de personas mayores y personas con minusvalías, esta Dirección Gerencia,

RESUELVE

Primero. A partir del 1 de enero de 1996 el coste de los distintos tipos de plazas ocupadas que se concierten por el I.A.S.S., al amparo de la citada Orden, será como cantidad máxima la siguiente:

1. En Residencias para personas mayores:

a) Plazas de personas válidas: 3.007 ptas./día.

b) Plazas de personas asistidas: 5.171 ptas./día.

c) Plazas de personas mayores con trastornos graves y continuadas de conducta: 6.014 ptas./día.

2. En Unidades de Día para mayores: Plaza en Unidad de Día, en régimen de media pensión: 45.646 ptas./mes.

3. En Residencias para personas con minusvalía:

a) Plaza de persona con deficiencia mental gravemente afectadas: 5.790 ptas./día.

b) Plaza de personas con minusvalía gravemente afectadas concurrente con parálisis cerebral: 5.790 ptas./día.

c) Plaza de persona con deficiencia mental y alteraciones graves y continuadas de conducta: 6.375 ptas./día.

d) Plaza de persona con minusvalía física gravemente afectada: 6.375 ptas./día.

e) Plaza de persona con deficiencia mental en Residencia de Adultos: 2.939 ptas./día.

4. En Centros de Día para personas con minusvalía:

a) Plaza en Unidad de Día para gravemente afectada, en régimen de media pensión y transporte:

a.1) En Unidad de Día a partir de 20 usuarios: 85.729 ptas./mes. a.2) En Unidad de Día de 8 a 19 usuarios, anexa a centro ocupacional o residencia: 66.187 ptas./mes.

b) Plaza en Centro Ocupacional:

b.1) En régimen de media pensión y transporte: 48.398 ptas./mes. En este coste están incluidos los gastos de comedor y transporte: 6.847 ptas. por cada concepto.

b.2) En Centro Ocupacional del usuario que ocupe plaza residencial: 29.960 ptas./mes.

Segundo. Los conciertos vigentes no adecuados a la Orden mencionada continuarán rigiéndose por sus cláusulas específicas incluidos los costes pactados.

Sevilla, 26 de enero de 1996.- La Directora Gerente, Prudencia Rebollo Arroyo.