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Visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Pedro Abad (Córdoba), relativo a la permuta de unos terrenos de su propiedad, por otros propiedad de don Francisco Villarejo Cortés, en el mismo se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22.2.l) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril; artículos 109.1,
112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986.
Correspondiendo a la Delegada de Gobernación de la Junta de Andalucía, dar la conformidad a los expedientesde permuta de bienes cuya cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario (artículo 3º 9 del Decreto
29/1986 de 19 de febrero).
En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:
1º Prestar conformidad a la permuta de una porción de terreno sito en el pago denominado «Mojón de Cuenca/Mata Hedionda¯, finca «Santa Ana¯, del término municipal con una superficie de 1.154,93 m2; resultante de la segregación de una parcela de 2 has. que linda al Norte con Autovía Madrid-Sevilla, al Sur con la finca denominado Montorillo, propiedad de don Cristóbal Rosero Hidalgo y doña Ana de Castro Porras, al Este, resto de la finca matriz; y al Oeste con la primera finca resultante, por una porción de terreno de 1.088,17 m2 propiedad de don Francisco Villarejo Cortés, sita en el Polígono Industrial Sector S-2, parcela. núm. 6, del mismo municipio.
2º Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Pedro Abad (Córdoba).
3º Ordenar su publicación en el BOJA.
Córdoba, 16 de enero de 1996.- La Delegada, Presentación Fernández Morales.