Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 06/02/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, notificando providencia de incoación y pliego de cargos del expediente sancionador que se cita. (H-411/95-M).

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Ante las devoluciones efectuadas por la Oficina Postal, de las notificaciones de los actos consistentes en providencia de incoación y pliego de cargos, producidos en los expedientes sancionadores incoados por esta Delegación por presuntas infracciones a la normativa sobre Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, contra quien más abajo se indica.

Esta Delegación de Gobernación ha resuelto de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 58 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su publicación en el BOJA, a los efectos de notificación.

Vista el acta levantada por los inspectores del Juego y Apuestas adscritos a esta Delegación en el establecimiento denominado Bar Escobalín de Isla Cristina, el día 18 de diciembre de 1995 en la que se recoge que en el citado establecimiento se encontraba instalada y en funcionamiento una máquina recreativa tipo B, pertenecientea Huelvamatic, S.L., que una vez comprobados los archivos de este centro se observa que carecía de Boletín de Instalación.

Dado que dichos hechos pueden ser constitutivos de infracción a lo regulado en la Ley 2/1986, de 19 de abril, sobre el Juego y Apuestas y en el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

He acordado en virtud de lo establecido en el art.9.7 del Decreto 29/86, de

19 de febrero, en relación con el Real Decreto 1710/84, de 18 de julio, Decreto 269/84, de 16 de octubre, Ley 2/1986, de 19 de abril y Decreto

181/1987, de 29 de julio, la incoación de expediente sancionador, nombrando instructor del mismo a don Javier Vázquez Navarrete y Secretario a don Antonio Hernández Cañizares, funcionarios del Cuerpo de Inspección de esta Delegación, y la notificación de la presente al interesado para su conocimiento y oportunos efectos. Huelva, 19 dediciembre de 1995.- El Delegado de Gobernación, Fdo. José Antonio Muriel Romero.

El día 18 de diciembre de 1995, por los inspectores del Juego y Apuestas adscritos a esta Delegación, se levantó acta en la que se constataba que en el establecimiento público denominado Bar Escobalín, sito en Muelle Marina,s/n de Isla Cristina, se encontraba instalada y en funcionamiento una máquina recreativa tipo B, que, comprobados los archivos de este centro, se observó que carecía de boletín de instalación para dicho establecimiento, y que pertenece a Huelvamatic, S.L.

Incoado expediente por el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de Huelva contra la empresa operadora Huelvamatic, S.L. (EJA 001443 y CIF B-21052279), por presuntas infracciones a la normativa sobre Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía el Instructor designado formula el siguiente

PLIEGO DE CARGOS

Tener instalada la empresa operadora Huelvamatic, S.L., el día 18 de diciembre de 1995 la máquina recreativa tipo B, modelo Cirsa Guay, serie A-5610, con matrícula HU002701, en el establecimiento denominado Bar Escobalín, sito en Muelle Marina, s/n, de Isla Cristina, careciendo de boletín de instalación.

Los hechos descritos infringen lo regulado en el art. 38 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio, que establece la necesidad de obtener el boletín de instalación previamente a la instalación de la máquina.

Dicha infracción viene tipificada en el art. 46.1 del Reglamento citado, que dice: «Son infracciones graves (...)1. La explotación o instalación en cualquier forma de máquinas de juego careciendo de algunos de lo siguientes requisitos: Placas de identidad, marcas de fábrica, guía de circulación, matrícula o boletín de instalación, debidamente cumplimentados en los términos de este reglamento.

Para la misma el art. 48 del mismo texto legal prevé las sanciones a imponer estableciendo en su número 1: «Las infracciones calificadas muy graves serán sancionadas con multas de 5.000.001 ptas. hasta 50.000.000 de ptas.,las graves con multas de 100.001 ptas. a 5.000.000 ptas.y las leves con multa de hasta 100.000 ptas.¯.

Lo que le comunico para que en el plazo de diez días desde el recibo de la presente notificación, pueda alegar los descargos que a su derecho convengan con aportación y propuesta de las pruebas que considere oportunas, según lo dispuesto en el art. 37 de la Ley 2/1986,de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.- El Instructor. Fdo. Javier Vázquez Navarrete.

Huelva, 23 de enero de 1996.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.