Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 02/03/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 8 de febrero de 1996, por la que se financia la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Córdoba con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al Plan de empleo rural 1995.

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Determinada por Decreto 266/1995, de 24 de octubre, la financiación por la Junta de Andalucía de los créditos que, durante el ejercicio 1995, contraigan las Diputaciones provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones locales en concierto con el INEM y de acuerdo con el Plan de empleo rural, la Diputación provincial de Córdoba ha solicitado de esta Consejería, de conformidad con el Convenio tripartito Junta de Andalucía/Banco de Crédito Local/Diputaciones provinciales, así como con el suscrito entre la Junta de Andalucía y dicha Diputación provincial, la subvención a que hace referencia el artículo de la citada normativa, acompañándose de expediente en el que quedan debidamente acreditados los extremos a que hace referencia el artículo 4 del mismo Decreto.

Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, en la redacción dada por las Leyes 9/1987, de 9 de diciembre y 6/1990, de 29 de diciembre y en virtud de lo dispuesto por el Decreto 266/1995, de 24 de octubre, de financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales afectas al Plan de empleo rural 1995,

D I S P O N G O

Primero. Dentro de los límites establecidos por el artículo 3 del Decreto

266/1995, de 24 de octubre, se financian en un 75% las cantidades que en concepto de amortización de capital e intereses ha de sufragar la Diputación provincial de Córdoba al Banco de Crédito Local por los créditos concedidos por esta Entidad para la ejecución de los proyectos de obras afectos al Plan de empleo rural del ejercicio 1995.

Segundo. Se concede una subvención a la Diputación provincial de Córdoba por un importe total de 267.886.909 ptas. desglosado en las cantidades que figuran en Anexo a la presente Orden y con destino a las Corporaciones locales detalladas en el mismo, en el que consta, igualmente, las aportaciones de la Administración, estatal, provincial y local.

Tercero. Los proyectos de obra que se subvencionan son los determinados en el acuerdo alcanzado por la Comisión Provincial de Planificación y Coordinación de Inversiones para el Plan de empleo rural de 1995 y para las Entidades locales que se relacionan en el Anexo.

Cuarto. Conforme dispone el artículo 7 del Decreto 266/1995, de 24 de octubre y a los efectos de financiar el coste de materiales de los proyectos de obras afectos al Plan de empleo rural 1995, la Diputación provincial de Córdoba podrá disponer del préstamo suscrito con el Banco de Crédito Local por un importe máximo de 357.182.536 ptas.

Quinto. La Diputación provincial de Córdoba deberá remitir a la Consejería de Gobernación antes del 31 de diciembre de 1996, valoración definitiva de las obras ejecutadas en los términos que establece el Decreto y el Convenio regulador del Plan del empleo rural 1995.

Sexto. De acuerdo con lo establecido en el artículo del Decreto 266/1995, de

24 de octubre, las Entidades locales beneficiarias deberán colocar en cada obra afectaal Plan de empleo rural 1995 y en lugar visible, un cartel en el que consten expresamente las Entidades que cooperan en la financiación del mismo.

El logotipo de identificación corporativo de la Junta de Andalucía en dicho cartel deberá ajustarse al Decreto 127/1985, de 12 de junio, regulador del manual de identidad corporativo de la Junta de Andalucía.

Septimo. Se ordena la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía así como su traslado a la Diputación provincial de Córdoba y al Banco de Crédito Local, a los efectos pertinentes.

Sevilla, 8 de febrero de 1996

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

CORPORACION APORTACION APORTACION APORTACION APORTACION LOCAL INEM JUTA AND. DIP. PROV. MUNICIPAL

ALCARACEJOS 9.100.000. 2.730.000. 910.000. 1.360.000.

ALMODAR DEL RIO 31.025.805. 9.308.642. 3.102.880. 29.541.098.

BENAMEJI 26.075.620. 7.822.778. 2.607.592. 2.607.592.

BUJALANCE 46.094.632. 11.796.950. 3.932.316. 3.941.469.

CABRA 38.917.438. 11.675.231. 3.891.744. 27.017.709.

CAÑETE DE LAS 15.233.178. 4.569.953. 1.523.318. 4.084.317. TORRES

CARCABUEY 12.124.269. 3.637.280. 1.212.427. 6.463.800.

CARLOTA (LA) 40.992.457. 12.297.737. 4.099.255. 31.772.099.

CARPIO (EL) 15.842.175. 4.752.653. 1.584.217. 2.461.349.

CASTRO DEL RIO 28.457.071. 8.537.121. 2.845.707. 14.036.142.

DIPUTACION 84.397.511. 20.319.732. 5.773.244. 30.466.382. PROVINCIAL

DOÑA MENCIA 19.559.615. 5.867.884. 1.955.961. 15.450.862.

DOS TORRES 10.100.000. 3.020.000. 1.010.000. 1.051.108.

ENCINAREJO DE 7.128.355. 2.138.507. 712.835. 1.705.574. CORDOBA

ENCINAS REALES 12.294.609. 3.688.382. 1.229.461. 3.910.021.

ESPEJO 18.999.398. 5.699.999. 1.900.000. 5.157.882.

ESPIEL 8.137.843. 2.441.353. 813.784. 8.205.631.

FERNAN-NUÑEZ 22.170.201. 6.651.060. 2.217.020. 7.561.860.

FUENTE CARRETERO 6.593.232. 1.977.969. 659.323. 995.806.

FUENTE-TOJAR 7.000.000. 2.100.000. 700.000. 4.293.014.

GRANJUEL (LA) 4.560.545. 1.368.164. 456.054. 1.576.777.

GUADALCAZAR 3.009.156. 2.702.747. 900.915. 2.501.128.

HINOJOSA DEL 7.289.443. 2.216.833. 738.944. 704.645. DUQUE

HORNACHUELOS 20.500.000. 6.150.000. 2.050.000. 20.594.439.

IZNAJAR 26.021.617. 7.806.485. 2.602.161. 3.980.125.

LUCENA 32.584.000. 9.775.200. 3.258.400. 10.582.400.

LUQUE 19.500.000. 5.850.000. 1.950.000. 9.716.786.

MONTALBAN DE 11.939.214. 3.781.764. 1.193.921. 10.482.644. CORDOBA

MONTILLA 36.521.001. 10.956.300. 3.652.100. 20.876.600.

MONTORO 24.550.048. 7.365.014. 2.455.005. 701.430.

MORILES 17.526.415. 5.257.925. 1.752.641. 7.258.034.

NUEVA-CARTEYA 30.433.775. 9.130.133. 3.043.377. 6.403.584.

PALENCIANA 9.072.336. 2.961.701. 987.233. 2.821.978.

PEDRO ABAD 6.784.887. 2.035.466. 678.488. 2.438.020.

PEDROCHE 3.768.357. 1.130.507. 376.835. 1.765.326.

POSADAS 30.487.832. 9.146.349. 3.048.783. 34.361.736.

RAMBLA (LA) 18.354.420. 5.506.326. 1.835.442. 6.573.418.

RUTE 30.806.052. 9.241.815. 2.080.605. 9.424.982.

SANTA EUFEMIA 9.094.784. 2.728.435. 909.478. 1.405.472.

SANTAELLA 17.141.574. 5.142.472. 1.714.157. 27.760.065.

VALSEQUILLO 4.766.810. 1.430.043. 476.681. 3.002.320.

VILLA DEL RIO 11.491.702. 3.447.510. 1.149.170. 3.732.031.

VILLAFRANCA DE 16.514.775. 4.954.432. 1.651.477. 2.679.791. CORDOBA

VILLAMARTA 4.901.083. 1.470.324. 490.108. 1.237.278.

VILLANUEVA DEL 7.600.000. 2.280.000. 760.000. 760.000. DUQUE

VILLANUEVA DEL 6.137.931. 1.841.379. 613.793. 2.464.096. REY

VILLARALTO 11.118.552. 3.335.565. 1.111.855. 5.020.208.

VISO (EL) 15.920.940. 4.776.281. 1.592.094. 1.592.095.

ZUHEROS 10.848.365. 3.254.510. 1.084.838. 4.121.093.

TOTAL 916.392.923. 267.886.909. 89.295.627. 408.623.424.

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