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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Luis Tejedor Tejedor relativa a las indemnizaciones derivadas del seguro colectivo de accidentes del personal al servicio de la Junta de Andalucía, por la presente se procede a hacer pública la misma en su parte dispositiva final, al no haberse podido practicar en su domicilio.
Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.
En la ciudad de Sevilla, a siete de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.
Vista la LRJAP-PAC y demás normas de carácter especial y general, de acuerdo con los fundamentos expuestos, resuelvo desestimar la reclamación previa a la vía jurisdiccional laboral interpuesta.
Contra la presente resolución -dictada en virtud de Orden de 29 de julio de
1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de dos meses a contar desde el día de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 69.3 de la Ley de Procedimiento Laboral. El Viceconsejero de Gobernación, P.D. (Orden de 29.7.85). Fdo.: José A. Sainz-Pardo Casanova.¯
Sevilla, 13 de febrero de 1996.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.
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