Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 09/03/1996

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 15 de febrero de 1996, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la aprobación de las tarifas máximas de aplicación en la Estación de Autobuses de Alcalá la Real. (PP. 617/96).

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Con fecha 24 de octubre de 1995, fue presentada ante la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Jaén, por la empresa Contreras, S.A., concesionaria de la explotación de la Estación de Autobuses de Alcalá la Real, solicitud de revisión de las tarifas máximas de aplicación de la indicada Estación.

Por la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Jaén, ha sido sometido el expediente a trámite de vista del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá la Real y de la Asociación Empresarial de Transportes Interurbanos de Viajeros de Andalucía Oriental.

Las tarifas actualmente en vigor se encuentran aprobadas por Resolución de la Dirección General de Transportes de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 6 de mayo de 1992 (BOJA núm. 50, de 6 de junio).

A la vista de lo anterior, teniendo en cuenta los informes oportunamente evacuados, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19, 127 y 132 de la Ley 16/87 de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y 183 a 187 de su Reglamento de aplicación, se considera adecuado incrementar las tarifas con el 4,3%, incremento experimentado en el I.P.C. en el ejercicio de 1995, por lo que esta Dirección General haciendo uso de las competencias que le confiere el Decreto núm. 30/82, de fecha 22 de abril de la Presidencia de la Junta de Andalucía,

R E S U E L V E

Primero. Aprobar el cuadro de tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Alcalá la Real, que a continuación se expone, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Segundo. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Tercero. Las tarifas máximas de aplicación en la Estación de Autobuses de Alcalá la Real entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el BOJA.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 15 de febrero de 1996.- El Director General, Miguel Durbán Sánchez.

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