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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Julián Ibarra García en nombre de la empresa Bingos Muldial, S.L., contra resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Almería, por la presente se procede a hacer pública la misma en su parte dispositiva final, al no haberse podido practicar en su domicilio.
Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.
«En la ciudad de Sevilla, a dieciocho de mayo de mil novecientos noventa y cuatro.
Vista la Ley 2/86, de 29 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 289/1987, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo de dicha Comunidad, y demás normas de general aplicación, resuelvo desestimar el recurso ordinario interpuesto por don Julián Ibarra García en nombre de la empresa Bingos Muldial, S.L., confirmando la resolución recurrida.
Contra la presente resolución -dictada en virtud de la Orden de 29 de julio de 1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día de la notificación de la presente ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.- El Viceconsejero de Gobernación, P.D. (Orden 29-7-85). Fdo.: Plácido Conde Estévez¯.
Sevilla, 23 de febrero de 1996.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.
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