Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 16/03/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 8 de marzo de 1996, por la que se amplía el plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas a los productores de determinados cultivos herbáceos, en la campaña de comercialización 1996/ 1997 y de las primas en beneficio de los productores de carne de ovino, caprino, de vacuno y de los que mantengan vacas nodrizas para el año 1996.

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La Orden de 23 de noviembre de 1995 del MAPA (BOE núm. 284, de 28 de noviembre), regula el régimen de ayudas a los productores de determinados cultivos herbáceos en la campaña de comercialización 1996/97, y de las primas en beneficio de los productores de carne de ovino y caprino, de vacuno y de los que mantengan vacas nodrizas para el año 1996.

Dicha Orden establecía, en su artículo 3, que el plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas concluía el 8 de marzo de 1996.

Por su parte, por Orden de 19 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 166, de 28 de diciembre), la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía desarrolla, para la Comunidad Autónoma de Andalucía, aspectos concretos de la gestión, tramitación y concesión de estas ayudas. En dicha Orden se establecía, en su artículo 5.1, que el plazo para la solicitudes de ayudas concluía el 8 de marzo de 1996.

La Orden del MAPA de fecha 1 de marzo de 1996 (BOE núm. 57, de 6 de marzo), ha dispuesto la ampliación del plazo establecido en el apartado 1 del artículo 3 de la citada Orden del MAPA de 23 de noviembre de 1995, para la presentación de las solicitudes de las ayudas reguladas en dicha Orden, hasta el día 18 de marzo de 1996.

En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas

D I S P O N G O

Artículo único. El plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas a los productores de determinados cultivos herbáceos, en la campaña de comercialización 1996/1997 y de las primas en beneficio de los productores de carne de ovino y caprino, de los productores de carne de vacuno y de los que mantengan vacas nodrizas para el año 1996, establecido en el apartado 1 del artículo 5 de la Orden de 19 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 166, de 28 de diciembre), se amplía hasta el 18 de marzo de 1996.

DISPOSICION FINAL UNICA

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de marzo de 1996

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca, en funciones

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