Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 19/03/1996

1. Disposiciones generales

Consejería de Industria, Comercio y Turismo

DECRETO 85/1996, de 20 de febrero, por el que se complementa el 151/ 1995, de 13 de junio, por el que se establecen las ayudas para la creación de empresas por jóvenes andaluces, Programa Empresa Joven.

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El desarrollo del Programa Empresa Joven creado por la Junta de Andalucía mediante el Decreto 151/1995, de 13 de junio, por el que se establecen las ayudas para la creación de empresas por jóvenes andaluces, Programa Empresa Joven, ha puesto de manifiesto los importantes beneficios de este Programa, así como la necesidad de potenciar esta línea de actuación del Gobierno Andaluz tendente a facilitar la incorporación de los jóvenes andaluces al mundo de la empresa.

La Junta de Andalucía quiere incidir de forma especial en aquellos sectores en los que se ha detectado una mayor demanda y que pueden contribuir especialmente al logro de los objetivos propuestos, haciendo posible que el mayor número de jóvenes andaluces se puedan beneficiar de sus ayudas.

Asimismo, se pretende ampliar el número de beneficiarios del programa atendiendo a una de las demandas que más frecuentemente se le han planteado, la extensión de los beneficios de esta línea de ayudas a aquellos empresarios jóvenes que inicien una nueva actividad.

Junto a esta potenciación del Programa mediante el aumento del número de sus posibles beneficiarios es necesario adoptar y mejorar el conjunto de ayudas del mismo, incorporando nuevas modalidades, que la experiencia ha puesto de manifiesto que podrán contribuir de forma eficaz al logro de los objetivos, e incrementado las cuantías de algunas de ellas para que los jóvenes puedan incorporarse más fácilmente al mundo de la empresa y más proyectos puedan convertirse en una realidad.

Todo ello, aconseja a promulgar la presente Disposición que viene a completar el mencionado Decreto 151/1995, de 13 de junio, en el sentido de ampliar tanto los beneficios del programa Empresa Joven como las actividades y ayudas previstas en el mismo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 20 de febrero de 1996.

D I S P O N G O

Artículo 1º Extender con carácter general los beneficios del programa Empresa Joven, contenido en el Decreto 151/1995, de 13 de junio, a todos los sectores de la economía andaluza en la forma y condiciones que se establezcan en la Orden de desarrollo de este Decreto.

Artículo 2º Ampliar las actividades y ayudas contempladas en los distintos Grupos del Programa, antes citado, en la forma que a continuación se especifica:

- Grupo 1: Posibilitar la instrumentación de las ayudas mediante la firma de acuerdos específicos de colaboración.

- Grupos 2 y 4: Aumentar, excepcionalmente, la cuantía de las subvenciones hasta el 100% del importe de las actuaciones.

- Grupo 3: Extender las ayudas destinadas a facilitar la inversión en activo fijo a los activos fijos inmateriales.

Artículo 3º Sustituir el concepto de Necesidades de Circulantes del Grupo

3, contenido en el apartado c) del artículo 2 del Decreto 151/1995, por el de Otros Gastos Necesarios para la Creación y Puesta en Funcionamiento de la Empresa.

DISPOSICION ADICIONAL

Unica. Las previsiones del presente Decreto serán también de aplicación a quienes, reuniendo los demás requisitos establecidos en cada caso, inicien una nueva actividad empresarial diferente a la que hasta ahora venían desarrollando.

DISPOSICION DEROGATORIA

Unica. Quedan derogadas cuantas Disposiciones de igual o inferior rango se oponga a lo establecido en este Decreto.

DISPOSICION FINAL

Unica. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de febrero de 1996

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

GASPAR ZARRIAS AREVALO

Consejero de Industria, Comercio y Turismo

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