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Examinado el Expediente de Modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Sevilla, Actuación Simple de Equipamiento ASE-GU-1, aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento de fecha 31 de marzo de 1995, y elevado a esta Consejería para su aprobación definitiva, en virtud de los artículos 118.3.a y 128.1 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992 de
26 de junio, y apartado 10 del artículo 5.2 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.
Atendiendo a lo dispuesto en los anteriores textos legales y visto el informe de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía, emitido en Sesión de 21 de febrero de 1996, tras el análisis del realizado por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en virtud de lo previsto en el apartado 10 del artículo 5.2 del Decreto
77/1994, de 5 de abril, en relación al artículo 118.3.a del Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana.
HE RESUELTO
Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Sevilla que tiene por objeto la nueva calificación como uso industrial en grado I-2 de la parcela de uso de equipamiento educativo, con frente a la carretera N-IV, y el cambio de clasificación de suelo no urbanizable a urbano con calificación de uso educativo de una parcela colindante con la anterior, por cuanto sus determinaciones y tramitación son acordes con la legislación urbanística vigente.
Segundo. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 del Decreto
77/1994, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen y se notificará al Ayuntamiento de Sevilla y a los interesados.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su publicación o, en su caso, notificación, previa comunicación a esta Consejería, todo ello de conformidad con la legislación vigente en materia de procedimiento administrativo y contencioso-administrativo.
Sevilla, 26 de febrero de 1996
FRANCISCO VALLEJO SERRANO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
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