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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Humberto Manuel Molina Macías, contra la relación de admitidos y excluidos en el concurso de promoción al Grupo III entre el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía convocado por Orden de
15 de julio de 1993, por la presente se procede a hacer pública la misma en su parte dispositiva final, al no haberse podido practicar en su domicilio.
Se le comunica que el expediente se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.
«En la ciudad de Sevilla, a veintidós de marzo de mil novecientos noventa y cuatro.
Visto el IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Junta de Andalucía, la Orden de 15 de julio de 1993, por la que se convoca Concurso de promoción al Grupo III, y demás disposiciones de general y especial aplicación, resuelvo desestimar la reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral interpuesta por don Humberto Manuel Molina Macías.
Contra la presente resolución, dictada en virtud de Orden de 29 de julio de
1985, de delegación de atribuciones, que agota la vía administrativa, se podrá interponer demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de dos meses a contar desde el día de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 69.3 de la Ley de Procedimiento Laboral.- El Viceconsejero de Gobernación, P.D. (Orden 29-7-85). Fdo. Plácido Conde Estévez¯.
Sevilla, 13 de marzo de 1996.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.
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