Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 13/04/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 22 de febrero de 1996, de la Dirección General de Información y Gestión de Ayudas, por la que se convocan para el ejercicio presupuestario de 1996, las ayudas establecidas en la Orden de 23 de octubre de 1995, para el desarrollo de actividades de divulgación y transferencia de tecnologías agrarias, por Organizaciones Profesionales Agrarias con ámbito de actuación en Andalucía.

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La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 23 de octubre de

1995 (BOJA del 28 de octubre) regula la concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias con ámbito de actuación en Andalucía, para el desarrollo de actividades de divulgación y transferencia de tecnologías agrarias.

En la Disposición Final primera de esta norma, se faculta al Director General de Información y Gestión de Ayudas para que dicte las normas e instrucciones y adopte las decisiones necesarias para la ejecución de la misma.

La ejecución de este programa de ayudas en el ejercicio presupuestario vigente, requiere establecer la oportuna convocatoria de solicitud de las mismas, por lo que, en virtud a las facultades concedidas:

RESUELVO

Primero. Las solicitudes de las ayudas establecidas en la Orden de 23 de octubre de 1995 (BOJA del 28 de octubre de 1995), correspondientes al ejercicio presupuestario de 1996, para el desarrollo de actividades de divulgación y transferencias de tecnologías agrarias, por Organizaciones Profesionales Agrarias con ámbito de actuación en Andalucía, habrán de presentarse dentro del plazo de sesenta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOJA.

Segundo. Las solicitudes, a las que se acompañará la documentación detallada en el art. 5º de la Orden arriba citada, se presentarán mediante instancia, dirigida al Director General de Información y Gestión de Ayudas, en el Registro General de la Consejería de Agricultura y Pesca (c/ Juan de Lara Nieto, s/n, 41007 Sevilla) o por cualquiera de los medios y ante los registros que se especifican en el art. 38 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición final. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de febrero de 1996.- El Director General, Félix Martínez Aljama.

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