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Cinco Civil. Sección dos-J. Asunto 0456/95.
Don Antonio Marco Saavedra, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos que a continuación se dirán obra dictada la Sentencia, cuyo encabezamiento y Fallo, son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En la ciudad de Sevilla, a catorce de febrero de mil novecientos noventa y seis.
El Ilmo. Sr. don Antonio Marco Saavedra, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Cinco de los de esta capital, ha visto los presentes autos de Juicio Ejecutivo, promovidos por Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Madrid, representado por el Procurador Dolores Flores Crocci, y dirigido por el Letrado don Pablo Giménez Cernuda, contra Francisco Corrales Domingo, Mercedes Peñal González y Arsenio Soriano Perales, declarado(s) en rebeldía; y antecedentes de hecho. Fundamentos de Derecho.
FALLO
Que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a Francisco Corrales Domingo, Mercedes Peñal González y Arsenio Soriano Perales, y con su producto entero y cumplido pago a la parte actora, de las responsabilidades por que se despachó la ejecución, la cantidad de 1.796.917 pesetas, importe del principal, comisión e intereses pactados hasta la fecha invocada; y además al pago de los intereses de demora también pactados y las costas, a cuyo pago debo condenar y condeno expresamente al demandado.
Contra esta Sentencia podrá interponerse en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y se expide el presente para que sirva de notificación en legal forma a los demandados Arsenio Soriano Perales y Mercedes Peñal González que se encuentran en ignorado paradero.
Dado en Sevilla, a dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y seis.- El Secretario.
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