Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 18/04/1996

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Consejería de Industria, Comercio y Turismo

RESOLUCION de 22 de febrero de 1996, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza el proyecto que se cita. (PP. 971/96).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 27 de noviembre de 1995, la Delegación Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Granada, remitió a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, solicitud de autorización de proyecto, presentada por la empresa Grelva, S.R.L., para unas instalaciones de cogeneración de energía térmica y eléctrica, previstas en Camino de Purchil, núm. 66, en el término municipal de Granada.

Segundo. De acuerdo con el artículo 9º del capítulo III del Decreto

2617/1966, se sometió el expediente de información pública, insertándose anuncios en el BOJA, el 20 de diciembre de 1994 y en el BOP el 10 de febrero de 1995.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la citada autorización según lo dispuesto en los Reales Decretos

1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía 148/1994, de 2 de agosto, sobre reestructuración de Consejerías y

153/1994, de 10 de agosto, sobre estructura orgánica de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo.

Vistos los preceptos legales citados, así como el Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas.

Visto el informe favorable emitido por la Delegación Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Granada, y a propuesta del Servicio de Energía, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.

R E S U E L V E

Autorizar a la empresa Grelva, S.R.L., el proyecto de instalación de una planta de cogeneradora de energía térmica y eléctrica en el Camino de Purchil, núm. 66, en el término municipal de Granada, de las siguientes características:

- motores de combustión interna de gas natural o fuel-oil, 500 r.p.m., con potencia mecánica de 11.300 Kw.

- alternadores de 14.000 Kva. de potencia, tensión de generación 11 Kv., 50 ciclos.

- calderas, tipo recuperación con circulación forzada de tubos verticales de agua constando de economizador evaporador, bombas de circulación, con producción de 5,2 Tm/h., de vapor saturado y con sistemas auxiliares para combustibles, arranque, refrigeración engrase y control.

- transformadores TB1 y TB2 de MVA para alimentación a los servicios auxiliares, cada uno de ellos de 11/0,420 Kv., alimentados desde el embarrado general de 11 Kv.

- transformador de 400/220 v. de 25 Kva., para servicios varios de 220 v.

- transformador de 400/110 v. de 1000 va., para servicios varios de 110 v.

- Sistemas y equipos de protección y de maniobra, control, regulación y medida.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible, lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena el Capítulo IV, del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que se notificará a los interesados, advirtiéndoles que contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa podrá interponer Recurso Ordinario, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 22 de febrero de 1996.- El Director General, Francisco Mencía Morales.

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