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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, artículos 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, y demás preceptos de general aplicación.
El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita de unos terrenos propiedad del Ayuntamiento de La Algaba (Sevilla) a la Junta de Andalucía, Consejería de Educación y Ciencia, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 26 de octubre de 1995, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 261, de 11 de noviembre de 1995, y cuya descripción es la siguiente:
Urbana. Suerte de tierra al sitio y nombre del Arroyo, del término de La Algaba. Ocupa una superficie de siete mil quinientos metros cuadrados. Linda actualmente: Al Norte, con la finca segregada de ésta, propiedad del Ayuntamiento de La Algaba y con terrenos de la actual U.E. número seis; al Sur, con calle Julio Romero de Torres; al Este, con terrenos de la actual U.E. número seis; y al Oeste, con la calle Sánchez Cotán y en parte con la finca segregada de la de este número, propiedad del Ayuntamiento de La Algaba. Su uso según el antiguo Plan Parcial número diez está destinado a uso docente.
Sevilla, 16 de abril de 1996
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación, en funciones
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