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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta de que intentada la notificación no se ha podido practicar, se publica la Resolución de esta Dirección General, recaída en el expediente seguido a Automáticos Expain, S.L., Expte. núm. SE-12 y 14/95.
Tramitado el expediente conforme a la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y al Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio, esta Dirección General resuelve sancionar a Automáticos Expain, S.L. con multa de cinco millones una pesetas (5.000.001) pesetas e inutilización de las dos Máq. objeto del expediente, por la instalación de la/s máquina/s tipo «B¯, Mod. Arfyc Siete 94-659 y Cirsa Nevada 94-4068 en el establecimiento Bar Bécquer, C/ Bécquer 14, de Sevilla, careciendo de matrículas, boletines y título de E.O., lo que supone infracción a los arts.
19, 25, 35 y 38, calificada muy grave en el art. 45.3 y sancionada según el art. 48.1 y 2 del citado Reglamento de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, con los requisitos señalados en el art. y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía, quedando de manifiesto el expediente en el Servicio de Inspección del Juego, sito en C/ Jesús del Gran Poder, 27 de Sevilla.
Sevilla, 19 de marzo de 1996.- El Director General, Fabriciano Torrecillas García.
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