Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 11/05/1996

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Otros. MANCOMUNIDAD ISLANTILLA LEPE-ISLA CRISTINA

CORRECCION de errores a anuncio de bases. (BOJA núm. 33, de 14-3-96).

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La Junta de Gobierno de esta Mancomunidad, en sesión ordinaria de fecha

12 de marzo de 1996, acordó por unanimidad, aprobar la modificación de las bases de la convocatoria para la provisión de los puestos de trabajo de Personal Laboral incluidos en la Oferta Pública de Empleo de la Mancomunidad de Islantilla para 1995, que fueron publicadas en el BOP núm.

40 de fecha 17-2-96 y en el BOJA núm. 33, de 14-3-96, referida a los apartados 6.2 y 6.3 de la Base 6ª, baremo de méritos, quedando como sigue:

6.2. Para las plazas de Administrativos:

6.2.1. Para la plaza de Administrativo. Responsable Servicios Económicos.

6.2.1.1. Titulación: Por poseer alguna titulación superior a la exigida para participar en la convocatoria, se valorará de acuerdo con el siguiente baremo:

- COU o equivalente: 1 punto.

- Diplomado universitario o equivalente: 2 puntos.

6.2.1.2. Experiencia (Máximo 3 puntos):

Por cada mes de servicio prestado en Mancomunidades de ámbito espacial inferior a un municipio: 0,10 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en otras entidades públicas en la categoría de Administrativo: 0,05 puntos.

- Por cada mes de servicios prestado en empresas privadas, en la categoría de administrativo: 0,02 puntos.

6.2.1.3. Formación complementaria:

Por cada curso o jornada relacionados específicamente con las tareas a desarrollar (contabilidad de la Administración Local, sistemas informáticos locales, etc.): 0,50 puntos. Máximo 1 punto.

6.2.1.4. Entrevista: Máximo 2 puntos.

Se valorará fundamentalmente el conocimiento de las tareas a desarrollar en el puesto de trabajo.

6.2.2. Para la plaza de Administrativo del Centro Escuela de Formación Ocupacional.

6.2.2.1. Experiencia: Máximo 3 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en Centros de Formación dependientes de Mancomunidades: 0,10 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en otras entidades públicas en la categoría de Administrativo: 0,05 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en empresas privadas, en la categoría de administrativo: 0,02 puntos.

6.2.2.2. Formación complementaria: Máximo 1 punto.

- Por cada curso o jornada relacionados con las tareas y funciones a desarrollar en el puesto de trabajo (atención a usuarios, etc.): 0,50 puntos.

6.2.2.3. Entrevista: Máximo 2 puntos.

- Se valorará fundamentalmente el conocimiento de las tareas a desarrollar en el puesto de trabajo, así como la disposción para el trabajo en equipo y el reparto de tareas.

6.3. Para la plaza de Limpiadora/Subalterna Servicios varios.

6.3.1. Titulación: Por poseer alguna titulación superior a la exigida para participar en la convocatoria, se valorará de acuerdo con el siguiente baremo:

- Graduado Escolar o equivalente: 1 punto.

6.3.2. Experiencia: Máximo 3 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en Mancomunidades de ámbito espacial inferior al municipio: 0,10 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en entidades públicas en la categoría de la plaza: 0,05 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en empresa privada, en la categoría de limpiadora: 0,02 puntos.

6.3.3. Formación complementaria: Máximo 1 punto.

- Por cursillo o jornada de perfeccionamiento profesional: 0,05 puntos.

6.3.4. Entrevista: Máximo 2 puntos.

- Se valorará la capacidad de integración en un equipo de trabajo, así como para asumir nuevas tareas o tareas complementarias.

Islantilla, 17 de abril de 1996.- El Presidente, Francisco Zamudio Medero.

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