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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 5 de febrero de 1996, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1081/1993, promovido por don Marino Fernández Fernández, sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador don José Sánchez-León Herrera en la representación acreditada de don Marino Fernández Fernández, contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 15 de febrero de 1993, que en alzada desestima el interpuesto contra la de fecha de 25 de junio de 1992, de la Delegación Provincial de Trabajo en Almería, que aceptando el Acta de Infracción núm. 121/92, de 10 de febrero impuso al actor la sanción de ciento cincuenta y tres mil pesetas de multa como autor de tres faltas calificadas de graves en grado mínimo, del orden social, cuyos actos administrativos se anulan por no ser conformes a derecho; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 17 de abril de 1996.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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