Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 16/05/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 18 de abril de 1996, por la que se conceden subvenciones a las entidades locales territoriales que se indican, de acuerdo con el Decreto que se cita, sobre medidas de saneamiento de las Haciendas Locales.

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De conformidad con el Decreto 289/1995, de 12 de diciembre, sobre prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio de 1996, se prorrogan los créditos destinados a subvenciones y ayudas.

Entre dichos créditos, figuran las ayudas establecidas en el artículo cuatro del Decreto 238/1988, de 21 de junio, consistentes en subvencionar en siete puntos el interés de los préstamos que tuvieran concertados las Entidades locales con el Banco de Crédito Local y cualquiera otra entidad financiera al

31 de diciembre de 1987.

Por ello, en uso de las facultades que tengo conferidas por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la redacción dada por las Leyes 9/1987, de 9 de diciembre y 6/1990, de 29 de diciembre y el Decreto 238/1988, de 21 de junio.

D I S P O N G O

Primero. Subvencionar a las Entidades locales que se indican seguidamente con las cantidades que se expresan para el presente ejercicio de 1996, de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 4 del Decreto 238/1988,de 21 de junio, sobre medidas de saneamiento de las Haciendas locales. Estas subvenciones se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria

12.01.461.00.81A.

PROVINCIA: ALMERIA IMPORTE

ABLA 971.109. ANTAS 1.092.776. ARBOLEAS 1.249.715. CHIRIVEL 1.100.309. ORIA 447.490.

PROVINCIA: CADIZ

CASTELLAR DE LA FRONTERA 820.471. DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ 14.084.631. JIMENA DE LA FRONTERA 6.137.426. LINEA DE LA CONCEPCION, LA 15.000.000. PUERTO DE SANTA MARIA, EL 15.000.000

PROVINCIA: CORDOBA

LUQUE 168.596. TORRECAMPO 162.929.

PROVINCIA: GRANADA

MOTRIL 12.000.000. SANTA FE 1.642.212.

PROVINCIA: HUELVA

ARACENA 5.937.720. PATERNA DEL CAMPO 572.944. VILLARRASA 750.709.

PROVINCIA: JAEN

ALBANCHEZ DE UBEDA 164.433. BEDMAR Y GARCIEZ 1.006.195. CAZORLA 3.803.398. ESPELUY 134.724. LOPERA 206.048. QUESADA 7.474.820. SANTISTEBAN DEL PUERTO 1.817.405.

PROVINCIA: MALAGA

CASARABONELA 205.251. COIN 5.254.724. RINCON DE LA VICTORIA, EL 12.000.000. TORROX 2.093.232. VELEZ-MALAGA 15.000.000.

PROVINCIA: SEVILLA

CASTILBLANCO DE LOS ARROYOS 2.173.599. LORA DEL RIO 12.000.000. PARADAS 1.075.573. UTRERA 12.000.000. VISO DEL ALCOR, EL 10.002.690.

Segundo. Las mencionadas subvenciones se harán efectivas a las Entidades locales para que éstas, a su vez,lo hagan a la Entidad bancaria prestamista.

Tercero. Las subvenciones se justificarán ante la Consejería de Gobernación, Dirección General de Administración Local y Justicia, en la forma prevista en el artículo del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora en caso de incumplimiento de la obligación de justificación, incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención e incumplimiento de las condiciones establecidas en el Decreto 238/1988, de 21 de junio.

Quinto. La presente Orden será notificada a cada Corporación subvencionada y publicada en el BOJA a los efectos consiguientes.

Sevilla, 18 de abril de 1996

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

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