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De conformidad con el artículo 7.4 del Real Decreto 636/1993, de
3 de mayo, y como consecuencia de haber presentado su renuncia al acuerdo de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, las empresas «Belo Capeli, S.A.¯,«Tintorería Nuria¯ y «Ropa Limpia, S.A.¯, con números de inscripción de la Junta Arbitral de Consumo de la Junta de Andalucía 38, 41 y 42, respectivamente, pierden su condición de Empresa adherida y el derecho al uso de distintivo oficial.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 11 de abril de 1996.- La Presidenta, Amalia Rodríguez Hernández.
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