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Ante las devoluciones efectuadas por la Oficina Postal,de las notificaciones de los actos consistentes en Propuesta de Resolución y Resolución producidos en el expediente sancionador incoados por esta Delegación por presuntas infracciones a la normativa sobre el Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, contra quien más abajo se indica.
Esta Delegación de Gobernación ha resuelto de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 58 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su publicación en BOJA, a los efectos de notificación.
PROPUESTA DEL INSTRUCTOR
Examinado el expediente sancionador núm. MA-554/95/M seguido E.O. Automáticos Titánic, S.A., con CIF A-29211562, y domicilio a efectos de notificaciones en La Regente, 12, de Málaga; y Resultando. Que con fecha 21 de febrero de 1995, la Inspección de Juego y Apuestas de la Junta de Andalucía,giró visita inspectora al establecimiento denominado Salón Recreativo Cuatro Bandas, sito en Polo, s/n, de Ronda (Málaga); siendo su titular Antonio Pérez Corbacho, con DNI 25.546.935-F.
Resultando. Que en el citado establecimiento se encontraba/n instalada/s y en funcionamiento la/s máquina/s recreativa/s y de azar A, Mod. Stopping, Serie ST-1093, Guía 750256- A, Autorización de explotación MA.A/7416, careciendo de Matrícula y Boletín de Instalación.
La referida máquina posee adherida solicitud de transmisión y Matrícula de fecha 4-3-94, siendo su titular la Operadora Automáticos Titánic, S.A.
Resultando. Que a la vista de las irregularidades presentadas por la máquina antes citada, la inspección actuante instruyó Acta Pliego de Cargos y procedió, como medida cautelar al precinto de la máquina, de conformidad con el art. 49 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, -en adelante RMRA-, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio.
Resultando. Que con fecha 12 de mayo de 1995 a través del BOJA, por imposibilidad de notificación a través del Servicio de Correos, y a tenor de lo dispuesto en el art. 55.2 del RMRA, el Instructor del expediente procedió a notificar el correspondiente Pliego de Cargos, sin que hasta la fecha haya sido éste contestado.
Vistos la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en su aplicación y desarrollo el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio; así como la Ley Orgánica
6/1981, de 30 de diciembre, y demás disposiciones legales de general y pertinente aplicación,
Considerando. Que de las informaciones practicadas y de la documentación obrante en el expediente, así como del contenido de los anteriores Resultandos, se deduce
que efectivamente E.O., Automáticos Titánic, S.A. es responsable de los hechos e infracciones siguientes: Encontrarse el día 21 de febrero de 1995, instalada y en funcionamiento en el establecimiento de hostelería denominado «Salón Recreativo Cuatro Bandas¯, sito en Polo, s/n,de Ronda (Málaga), la máquina recreativa y de azar de tipo A, Mod. Stopping, Serie ST-1093, Guía 750256-A, Autorización de explotación MA.A/7416, lo que supone infracción de los arts. 38 y 40 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la C.A.A. tipificado como falta grave en el art. 46.1 del Reglamento y art. 29.1 de la Ley
2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la C.A.A., y sancionable conforme al art. 48.1 del mismo Reglamento.
Por Cuanto antecede, contemplado lo dispuesto en el art. 55 del RMRA, y concluso el expediente, el Instructor que suscribe tiene el honor de elevarlo a V.I. con la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCION
Que por la Delegación de Gobernación de la Junta de Andalucía en Málaga, se sancione a E.O. Automáticos Titánic, S.A., NIF A-29211562, y domicilio a efectos de notificaciones en La Regente, 12, de Málaga, a: Por la infracción cometida referida en el único Considerando, con multa de 375.000 ptas. (trescientas setenta y cinco mil pesetas).
No obstante V.I. resolverá lo que su superior criterio estime pertinente, de acuerdo con los arts. 39 de la Ley 2/1986 de 19 de abril y 56.1 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.- Málaga a 29 de noviembre de 1995.- El Instructor del expediente. Fdo. José Luis Jurado Pérez.
Málaga, 29 de noviembre de 1995.- El Delegado, Luciano Alonso Alonso.