Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 18/05/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 14 de febrero de 1996, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se hace pública la Orden de 14 de febrero de 1996, por la que se modifica la de 21 de diciembre de 1995, de concesión de subvención al Ayuntamiento de Sevilla para redacción de documentos de planeamiento de protección de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Histórico de Andalucía.

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Detectados errores materiales en la transcripción literal de los elementos que figuran en el expediente administrativo, en la Orden de 21 de diciembre de 1995, por la que se concedía subvención al Ayuntamiento de Sevilla de conformidad con la Orden de 10 de mayo de 1995, por la que se regula la concesión de ayudas a las corporaciones locales para la financiación de redacción de documentos de planeamiento de protección de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Histórico de Andalucía, esta Consejería, por medio de la Orden de fecha 14 de febrero de 1996, y de conformidad con el art. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha resuelto modificar la anterior de fecha 21 de diciembre en los siguientes términos:

Primero. Rectificar la Orden de fecha 21 de diciembre de 1995, en el sentido de incluir como actividades subvencionadas las siguientes:

ACTIVIDAD: PLANES ESPECIALES DE PROTECCION DEL CONJUNTO HISTORICO DE SEVILLA, SECTOR 3 «SANTA PAULA-SANTA JUSTA¯, SECTOR

9.1 «LOS HUMEROS¯, Y SECTOR 10 «MACARENA¯.

Segundo. Conservar íntegramente el resto de las determinaciones contenidas en la Orden citada, referidas a la motivación de la concesión de la subvención, Ayuntamiento interesado y cuantía de la misma.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a efectos de su general conocimiento y aplicación.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo, en plazo de dos meses, contados desde el día de la recepción de la notificación, de acuerdo con lo establecido en el art. 58 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

La interposición del citado recurso requerirá, de acuerdo con el art. 110.3 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común,comunicación previa al Excmo. Consejero de Cultura de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de febrero de 1996.- El Director General, Marcelino Sánchez Ruiz.