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Siendo firme la resolución dictada por el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación el 10 de noviembre de 1995, en el expediente sancionador H-91/95-E.P., que se le ha incoado a don Manuel Sevillano López junto a don Francisco Rebollo Delgado del establecimiento público Bar Restaurante Acebuche, de El Rocío, por infracciones a la normativa sobre horario de cierre de establecimientos públicos,le comunico que, con fecha 14 de diciembre de 1995 fue expedido el impreso de multa núm. 327778 a nombre de ambos, enviándosele al Sr. Rebollo Delgado al haber adquirido firmeza dicha resolución con anterioridad a la de Vd., habiendo sido recibido por aquél el día 22 del mismo mes, significándole que dicho trámite no le exime de la responsabilidad solidaria contraída en dicho expediente sancionador. El Jefe del Servicio de Juegos y Espectáculos Públicos. Fdo. Antonio Alvarez Tobar.
Huelva, 11 de abril de 1996.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.
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