Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 28/05/1996

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 9 de mayo de 1996, de la Dirección General de Administración Local y Justicia, por la que se nombra a don Javier Alberto de las Cuevas Torres, Secretario de la Agrupación de los Municipios de Moclinejo y Macharaviaya (Málaga), con carácter provisional.

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Vista la petición formulada por don Javier Alberto de las Cuevas Torres, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, NRP 25108517/02/A3015, para obtener nombramiento provisional en el puesto de trabajo de Secretario de la Agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría de los Municipios de Moclinejo y Macharaviaya (Málaga), así como los acuerdos favorables adoptados por ambas Corporaciones en sesión celebrada el día 30 de abril de 1996 y por el Ayuntamiento de Alcóntar (Almería), en sesión celebrada el día 4 de mayo de 1996, para cuya Secretaría fue nombrado por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 12 de febrero de 1996, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena, de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,

Esta Dirección General ha resuelto: Nombrar a don Javier Alberto de las Cuevas Torres, NRP 25108517/02/A3015, como Secretario, con carácter provisional, de la Agrupación de los Municipios de Moclinejo y Macharaviaya (Málaga).

La presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida mediante la interposición del correspondiente recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación en el plazo de un mes, contando en los términos del artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicho recurso podrá presentarse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo conforme a lo previsto en el artículo 114 y siguientes de la Ley anteriormente citada.

Sevilla, 9 de mayo de 1996.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.

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