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En el recurso contencioso-administrativo núm. 530/94-S.1ª, interpuesto por don Francisco Leonardo Atacho, representado por el Procurador don Francisco Rodríguez González y defendido por el Letrado don Ildefonso Marañón de Arana, contra Resolución de la Presidencia de la Agencia de Medio Ambiente, de 17 de enero de 1994, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra otra de la Dirección Provincial de este Organismo en Sevilla, recaída en el expediente sancionador núm. 274/92, instruido por infracción a la normativa de Caza.
En consecuencia con el recurso citado anteriormente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ha dictado sentencia con fecha 20 de septiembre de 1995, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por Francisco Leonardo Atacho, contra la Resolución objeto del recurso, por estimarla conforme a Derecho. No se hace especial pronunciamiento sobre las costas¯.
En su virtud, este Organismo, de conformidad con lo establecido en los arts.
118 de la Constitución, y la asunción competencial derivada de los Decretos
148/1994, de 2 de agosto, de reestructuración de Consejerías y 156/1994, de
10 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y de la Agencia de Medio Ambiente, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia.
Sevilla, 6 de mayo de 1996.- El Presidente, Luis García Garrido.
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