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En virtud de lo previsto en los artículos 26.13 y 39.3 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Trabajo e Industria y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 11 de junio de 1996,
Vengo en nombrar a don Jacinto Mena Hombrado, como Delegado Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria en Málaga.
Sevilla, 11 de junio de 1996
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
GUILLERMO GUTIERREZ CRESPO
Consejero de Trabajo e Industria
En virtud de lo previsto en los artículos 26.13 y 39.3 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Trabajo e Industria y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 11 de junio de
1996,
Vengo en nombrar a don Jacinto Mena Hombrado, como Delegado Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria en Málaga.
Sevilla, 11 de junio de 1996
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
GUILLERMO GUTIERREZ CRESPO
Consejero de Trabajo e Industria
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