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De conformidad con el artículo 7.4 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, y como consecuencia de la oferta de sometimiento al sistema Arbitral de Consumo, a través de la Junta Arbitral de Consumo realizada por las empresas «Bonovac, S.L.¯, «Fontanería y Gas Baños, S.L.¯, «Instaladora López-Gas¯, «Hnos. Castro Gómez, S.L.¯, y «Empresa de Gestión Medioambiental, S.A.¯ con números de inscripción de la Junta Arbitral de Consumo de la Junta de Andalucía del 69 al 73, respectivamente, se otorga, a las mismas, el distintivo oficial.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 9 de mayo de 1996.- La Presidenta, Amalia Rodríguez Hernández.
De conformidad con el artículo 7.4 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, y como consecuencia de la oferta de sometimiento al sistema Arbitral de Consumo, a través de la Junta Arbitral de Consumo realizada por las empresas «Bonovac, S.L.¯, «Fontanería y Gas Baños, S.L.¯, «Instaladora López-Gas¯, «Hnos. Castro Gómez, S.L.¯, y «Empresa de Gestión Medioambiental, S.A.¯ con números de inscripción de la Junta Arbitral de Consumo de la Junta de Andalucía del 69 al 73, respectivamente, se otorga, a las mismas, el distintivo oficial.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 9 de mayo de 1996.- La Presidenta, Amalia Rodríguez Hernández.
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