Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 22/06/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 15 de mayo de 1996, por la que se autoriza definitivamente la apertura y funcionamiento del Centro docente privado de Educación Primaria San Isidoro, de Sevilla.

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Pedro Ybarra Hidalgo, en su calidad de Párroco de la «Parroquia de Santa Cruz¯, entidad titular del Centro docente privado de Educación Primaria «San Isidoro¯, con domicilio en c/ Mateos Gago núm. 32 de Sevilla, en solicitud de autorización definitiva para la apertura y funcionamiento de dicho centro, por remodelación del mismo, con 6 unidades de Educación Primaria.

Resultando que en el expediente de autorización definitiva han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla.

Resultando que el Centro privado «San Isidoro¯, con código 41005269, tiene suscrito concierto educativo para 8 unidades de Educación Primaria/Educación General Básica por Orden de 28 de septiembre de 1995 (BOJA del 14 de octubre).

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del

27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4 de octubre); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE del 26 de junio); el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA del 20 de junio).

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder la autorización definitiva para su apertura y funcionamiento, por remodelación, al Centro docente privado de Educación Primaria «San Isidoro¯, quedando con la autorización definitiva que se describe a continuación:

Denominación Genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación Específica: San Isidoro.

Código de Centro: 41005269.

Domicilio: C/ Mateos Gago núm. 32.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Titular: Parroquia de Santa Cruz.

Composición resultante: 6 unidades de Educación Primaria para 125 puestos escolares.

Transitoriamente, y hasta tanto se extinga la Educación General Básica, según lo dispuesto en el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado y completado por el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, el citado centro podrá impartir el curso correspondiente a la misma.

Segundo. El personal que atienda las unidades de Educación Primaria autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio) y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE del 19 de octubre).

Tercero. La titularidad del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla la relación del profesorado del centro, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de mayo de 1996

MANUEL PEZZI CERETTO

Consejero de Educación y Ciencia

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