Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 27/06/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 5 de junio de 1996, de la Delegación de Gobernación de Cádiz, por la que se presta conformidad a la permuta de dos parcelas propiedad del Ayuntamiento de Rota (Cádiz), por otra propiedad de la empresa Minian, SL.

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Por el Ayuntamiento de Rota se remite expediente de permuta de dos parcelas residenciales de propiedad municipal de 944,52 m y 200 m, respectivamente, por otra propiedad de Minian, S.L., de 5.416 m en el Pago de La Costa.

En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D. Legislativo

781/86 de 18 de abril, 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85 de 2 de abril, Ley 6/83 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.

El Decreto 29/86 de 19 de febrero sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación.

En su virtud, he resuelto prestar conformidad a la permuta de dos parcelas residenciales de propiedad del Ayuntamiento de Rota, por otra de propiedad de Minian, S.L., a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria celebrada por el Pleno municipal de fecha 22 de febrero de

1996, siendo la descripción de los bienes a permutar la siguiente:

PROPIEDAD MUNICIPAL

A) Parcela de terreno, destinado a viario de nueva creación, con una extensión de 200 m, que linda: Norte, con la Avenida de la Diputación, en línea de 5,4 mts.; Sur, con finca de los hermanos Rodríguez Martín-Arroyo, en línea de 5,5 mts.; Este, con la parcela número tres, en línea de 40,60 mts.; Oeste, con las parcelas números y 2, en una línea total de 39,20 mts.

B) Trozo de terreno situado en la villa de Rota, calificado como suelo residencial, con una extensión superficial de 944,52 m, que linda: Norte, con la Avenida de la Diputación; Sur, con el Pinar; Este, con las parcelas 1 y 2; Oeste, con finca de donde la misma se segrega que queda de propiedad municipal.

Esta parcela fue segregada de la finca matriz de 190652 m, la cual está destinada a suelo libre de uso público.

La valoración de ambas parcelas de uso residencial y con una edificabilidad de 1.602,33 m, asciende a la cantidad de 12.017.475 ptas.

El derecho de aprovechamiento urbanístico queda reservado al Ayuntamiento de Rota, siendo el coeficiente de aprovechamiento materializable de 0,715 m, renunciando por tanto Minian, S.L. al excedente sobre los 2.337,46 m mediante anotación previa en el Registro de la Propiedad.

PROPIEDAD PARTICULAR

Parcela de terrenos de pinos, retamar y viña, sita en el Pago de La Costa de Poniente de este término, propiedad de la empresa Minian, S.L., con una extensión superficial de 5.416 m, cuyos linderos son: Norte, con finca de la que fue segregada; Sur, con el Pinar; Este, con finca de la Sra. Lily Yoa Chan; Oeste, con el Pinar.

Se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad al Tomo 1.388, Libro

526 de Rota, Folio 142, Finca 1.773, nota al margen 1ª

La valoración de la parcela es como sigue:

- Parcela 5.416 m x 1.500 ptas./m: 8.124.000 ptas.

- Urbanización parcela de 962 m de S.L.U.P.: 3.658.000 ptas. Lo que hace un total de 11.782.000 ptas.

En virtud de todo ello, he resuelto:

1º Prestar conformidad a la permuta de dos parcelas propiedad del Ayuntamiento de Rota, por otra propiedad de la empresa Minian, S.L.

2º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento.

3º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4º Contra esta Resolución podrá interponerse el Recurso Ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Cádiz, 5 de junio de 1996.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.

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