Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 27/06/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación de Gobernación de Málaga, notificando Propuesta de Resolución dictada sobre el expediente sancionador que se cita. (MA-416/95/EP).

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Ante las devoluciones efectuadas por la Oficina Postal, del acto consistente en la notificación de la Propuesta de Resolución del expediente sancionador MA-416/95/EP, incoado por esta Delegación por infracción a la normativa sobre el Juego y Espectáculos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, contra quien más abajo se indica.

Esta Delegación de Gobernación ha resuelto de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 58 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su publicación en BOJA, a los efectos de notificación.

Examinado el expediente sancionador de referencia, seguido a don José Porras Agüera, con DNI 24.877.376, domiciliado en c/ San Nicolás núm. 12, de Málaga, como titular del establecimiento Pub Máster, sito en c/ San Nicolás,

12, de Málaga, resultan los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

Primero. Que según Acta de la Policía Local, de fecha 1 de julio de 1995, el establecimiento denominado Pub Máster, se encontraba abierto al público a las 1,20 horas del día 1 de julio de 1995, celebrándose en su interior una actuación en vivo, no presentando el preceptivo permiso para ello.

Segundo. Que con fecha 14 de julio de 1995, se recibe en esta Delegación de Gobernación copia de la mencionada denuncia, siendo por ello y al amparo de lo preceptuado en el Capítulo V del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, en cumplimiento de la Disposición Adicional III, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el 25 de julio de 1995 y mediante Providencia del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación, se acordó la incoación del presente expediente sancionador, por supuestas infracciones a la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, y al Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Real Decreto 2816/87, de 27 de agosto.

Tercero. Que notificado en fecha 6 de octubre de 1995 la incoación del expediente, el 17 de octubre de 1995, el sujeto a expediente presenta escrito de descargos manifestando que el establecimiento tiene el correspondiente permiso de apertura que le autoriza a estar abierto al público a la citada hora de la denuncia y, que dispone desde su apertura de las instalaciones de música para el que fue aperturado, así como de las correspondientes medidas correctoras en materia de seguridad, higiene y policía ambiental; siendo que el día de la denuncia de forma espontánea y circunstancial algún que otro cliente, abusando de la confianza, procediese a usar los medios musicales allí existentes, sin que ello consistiese en una actuación habitual y contratada.

Cuarto. Que consta en la Providencia de Incoación de 25-7-95, y en la calificación del hecho denunciado, como supuesta infracción al art. 23.d) de la L.O. 1/92, esto es, «la celebración de espectáculos públicos... careciendo de la autorización...¯, siendo por tanto, un solo hecho denunciado.

Quinto. Que solicitado informe a la Policía Local denunciante, ésta se afirma y ratifica en los hechos imputados en la denuncia, no quedando desvirtuados los mismos.

HECHOS PROBADOS

Primero. Que a las 1,20 horas del día 1 de julio de 1995, el establecimiento denominado Pub Máster, sito en c/ San Nicolás, 12, de Málaga, celebraba en su interior una actuación en vivo, no presentando el preceptivo permiso para ello.

Segundo. Que consta como titular del citado establecimiento don José Porras Agüera, DNI 24.877.376.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Los hechos probados y reseñados en el Hecho Probado Primero constituyen infracción a lo dispuesto en el artículo 23.d) de la L.O. 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, artículo 81.1 y 2 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (R.D. 2816/82, de 27 de agosto). Tipificada como falta grave por el artículo 26 de la citada Ley Orgánica y sancionable conforme el artículo

28 del mismo cuerpo legal.

Por todo lo cual, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24.3 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, el Instructor del presente expediente sancionador, formula la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCION

Que por la Delegación de Gobernación de la Junta de Andalucía en Málaga, se sancione a don José Porras Ag?era, con DNI núm. 24.877.376 y domicilio a efectos de notificaciones en c/ Horacio Lengo, 20-9, de Málaga a: Por la infracción cometida y referida en el Hecho Probado Primero de esta Propuesta de Resolución, con multa de cincuenta mil una pesetas (50.001 ptas.), al tipificarse la infracción como grave.

En su virtud, se le notifica cuanto antecede, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, a fin de que en el plazo de ocho días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se practique la notificación de la presente pueda alegar cuando considere en su defensa. Málaga, a 14 de febrero de 1996. El Instructor del expediente, Mª José Sosa Lozano.

Málaga, 8 de mayo de 1996.- El Delegado, Luciano Alonso Alonso.

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