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Por Decreto 314/1987, de 23 de diciembre, se declara el Parque Natural «Cabo de Gata-Níjar¯. Posteriormente, este Parque queda recogido en el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía en la Ley 2/89, de
18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
En el artículo 4.1 del Decreto 199/1995, de 1 de agosto, por el que se modifica la composición, régimen jurídico y funciones de la Junta Rectora del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, se establece que el Presidente de la Junta Rectora será nombrado por el Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, entre los miembros de la propia Junta Rectora.
A tal efecto, la Junta Rectora propondrá a tres personas elegidas por mayoría de votos.
Según Acta de la Sesión Constitutiva de carácter extraordinario de la Junta Rectora del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, del día 23 de febrero de
1996, se acuerda por mayoría, proponer como único candidato a don José Luis Martínez Vidal.
La importancia de la Junta Rectora para la gestión y conservación del Parque Natural, hace necesario que se proceda al nombramiento de su Presidente.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, de acuerdo con la formulada por la Junta Rectora, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de julio de 1996
DISPONGO
Artículo único. Vengo en nombrar a don José Luis Martínez Vidal, Presidente de la Junta Rectora del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar.
Sevilla, 2 de julio de 1996
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE LUIS BLANCO ROMERO
Consejero de Medio Ambiente
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