Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 09/07/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 13 de junio de 1996, de la Delegación de Gobernación de Granada, por la que se da conformidad a la enajenación a favor de los propietarios colindantes, de varias parcelas sobrantes de vía pública propiedad del Ayuntamiento de Torvizcón (Granada).

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Torvizcón (Granada), se ha dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 22-2-1,

47.3.k), 79 y 80, de la Ley 7/85, de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; arts. 76 y 79 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; arts. 7, 8, 109, 115, 118 y 119, del Real Decreto/86, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Siendo necesario dar cuenta a la Junta de Andalucía de los expedientes de enajenación de bienes patrimoniales de propios, cuando el valor de éstos no excede el 25% del presupuesto anual de la corporación (art. 109.1, del R.D.

1372/86).

Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad en los expedientes de enajenación de bienes no utilizables sobrantes de la vía pública, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del presupuesto ordinario de la corporación, en virtud de lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación a favor de los propietarios colindantes, de las parcelas sobrantes de vía pública propiedad del Ayuntamiento de Torvizcón (Granada), que a continuación se describen:

Parcela núm. 1. Situada a espaldas de casa núm., propiedad de don José Miguel Ortiz Martín, por tanto lindando con ella en la cara Este; en su cara norte linda con Parcela núm. 2, y en su cara Sur y Oeste linda con propiedad de Ayuntamiento en forma de calle. Tiene una superficie de 75 m y una valoración de cuarenta y cinco mil pesetas (45.000 ptas.).

Parcela núm. 2. Linda al Este con casa núm. 2, propiedad de don Francisco Romera Rodríguez; al Oeste con cauce de acequia; al Sur con Parcela núm. 1 y al Norte con Parcela núm. 3. Tiene una superficie de 108,5 m y una valoración de sesenta y cinco mil cien pesetas (65.100 ptas.).

Parcela núm. 3. Linda al Este con casa núm. 3, propiedad de don Antonio Rubia Coca; al Oeste con cauce de acequia; al Sur con Parcela núm. 2 y al Norte con Parcela núm. 4. Tiene una superficie de 126 m y una valoración de setenta y cinco mil seiscientas pesetas (75.600 ptas.).

Parcela núm. 4. Linda al Este con casa núm. 4, propiedad de don José Julio Sánchez de los Ríos; al Oeste con cauce de acequia; al Sur con Parcela núm.

3 y al Norte con Parcela núm. 5. Tiene una superficie de

126 m y una valoración de setenta y cinco mil seiscientas pesetas (75.600 ptas.).

Parcela núm. 5. Linda al Este con casa núm. 5, propiedad de don Miguel Moreno Alcalde; al Oeste con cauce de acequia; al Sur con Parcela núm. 4 y al Norte con Parcela núm. 6. Tiene una superficie de 119 m y una valoración de setenta y una mil cuatrocientas pesetas (71.400 ptas.).

Parcela núm. 6. Linda al Este con Parcela núm. 6, propiedad de don Francisco Carrión Romera; al Oeste con cauce de acequia; al Sur con Parcela núm. 5 y al Norte con Parcela núm. 7. Tiene una superficie de 105 m y una valoración de sesenta y tres mil pesetas (63.000 ptas.).

Parcela núm. 7. Linda al Este con casa núm. 7, propiedad de don Agustín Góngora Nocete; al Oeste con cauce de acequia; al Sur con Parcela núm. 8 y al Norte con Parcela núm. 6. Tiene una superficie de 98 m y una valoración de cincuenta y nueve mil ochocientas pesetas (59.800 ptas.).

Parcela núm. 8. Linda al Este con casa núm. 8, propiedad de don José María Góngora Nocete; al Oeste con cauce de acequia; al Sur con Parcela núm. 7 y al Norte con Parcela núm. 9. Tiene una superficie de 98 m y una valoración de cincuenta y nueva mil ochocientas pesetas (59.800 ptas.).

Parcela núm. 9. Linda al Este con casa núm. 9, propiedad de don Antonio López Rueda; al Oeste con cauce de acequia; al Sur con Parcela núm. 8 y al Norte con el Barranco del Gran Capitán. Tiene una superficie de 280 m y una valoración de ciento sesenta y ocho mil pesetas (168.000 ptas.). Segundo. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Torvizcón (Granada).

Tercero. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Contra esta Resolución podrá interponerse recurso ordinario, regulado en el art. 114 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Granada, 13 de junio de 1996.- El Delegado, Jesús Quero Molina.

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