Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 13/07/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 26 de junio de 1996, por la que se procede al reconocimiento específico como agrupación de productores de aceituna de mesa a la Sociedad Cooperativa Andaluza Labradores de la Campiña de El Arahal (Sevilla).

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Por Orden de 11 de marzo de 1994, de esta Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 65/11.5.1994) se reconoció a la Sociedad Cooperativa Andaluza «Labradores de la Campiña¯ de El Arahal (Sevilla), como Agrupación de Productores Agrarios según el Reglamento (CEE)

1360/78, del Consejo de 19 de junio, ratificada por la Orden de 1 de julio de 1994 del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, siendo inscrita en el Registro General de Agrupaciones de Productores Agrarios y sus Uniones con el núm. 118.

Dicha entidad ha constituido un Fondo de Rotación de acuerdo con el artículo

3 del Reglamento (CEE) 1332/92, del Consejo de 18 de mayo de 1992.

A propuesta de la Dirección de Industrias y Promoción Agroalimentaria, visto el expediente instruido al efecto, y de conformidad con el Real Decreto

280/1988, de 18 de marzo (BOE núm. 80/2.4.1988) y el Decreto 220/1994 de 6 de septiembre (BOJA núm. 142/10.9.94) de la Junta de Andalucía; en virtud de las facultades que me han sido conferidas,

DISPONGO

Artículo 1º Reconocer a la Sociedad Cooperativa Andaluza «Labradores de la Campiña¯, de El Arahal (Sevilla), con domicilio en ctra. de Villamartín, Km.

2.4, como Agrupación de Productores de Aceituna de Mesa de acuerdo con los Reglamentos (CEE) 1332/1992, del Consejo de 18 de mayo, y 3601/1992 de la Comisión de 14 de diciembre y de la Orden de 30 de junio de 1993 (BOE núm.

171/19.7.1993) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Artículo 2º Dicho reconocimiento se otorga para la Aceituna de Mesa, de los códigos de la Nomenclatura Combinada recogidos en el artículo 3 del Reglamento (CEE) 1332/92 del Consejo de 18 de mayo.

Artículo 3º El ámbito de Actuación geográfico de la entidad será el de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 4º Elevar el presente reconocimiento al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para su inscripción en el Registro Nacional de Agrupaciones de Productores de Aceituna de Mesa.

Artículo 5º La Sociedad Cooperativa Andaluza «Labradores de la Campiña¯ podrá percibir las ayudas previstas en el Reglamento (CEE) 1360/78 del Consejo de 19 de junio, con independencia de la ayuda específica establecida en el Reglamento (CEE) 1332/1992 del Consejo de 18 de mayo.

Sevilla, 26 de junio de 1996

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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