Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 25/07/1996

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MOTRIL

ANUNCIO de Oferta de Empleo Público.

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El Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Motril, en uso de las facultades que le confiere la legislación vigente

DISPONE

Primero. Dar publicidad a la Ampliación de Oferta de Empleo Público correspondiente al año 96, tras su aprobación por acuerdo plenario de fecha

30 de mayo de los corrientes, según el siguiente detalle:

A) Funcionarios de carrera.

Grupo según art. 25 de la Ley 30/84: B.

Clasificación: Admón. Especial-S. Espec.

Número vacantes: 02.

Denominación: Inspector Tributario.

Grupo según art. 25 de la Ley 30/84: B.

Clasificación: Admón. Especial-S. Técnica. Número vacantes: 02.

Denominación: Técnico Medio.

Grupo según art. 25 de la Ley 30/84: B.

Clasificación: Admón. Especial-S. Técnica. Número vacantes: 01.

Denominación: Ingeniero Téc. Agrícola.

Grupo según art. 25 de la Ley 30/84: C.

Clasificación: Admón. Especial-S. Espec.

Número vacantes: 01.

Denominación: Inspector Tributario.

Segundo. Dar publicidad, igualmente, a la modificación de las bases tercera de las de la convocatoria que regirán la selección de dos plazas de Técnico Medio, aprobadas por el Ayuntamiento Pleno el 27 de noviembre de 1995 y publicadas ese mismo año en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 21 de diciembre y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el 19 de marzo de los corrientes. Queda redactada ésta de la siguiente manera:

«Tercera. Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no exceder de aquélla en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión de una Diplomatura en áreas de conocimiento a las exigidas para las funciones a realizar descritas en la base primera de la convocatoria, tales como Diplomado en Gestión de la Administración Pública o similares.

d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f) No estar incurso en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas en la legislación vigente¯.

Es cuanto vengo a decir.

Motril, 8 de julio de 1996.- El Alcalde.

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