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De conformidad con lo previsto por el artículo 27 y la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, corresponde al Presidente de la Junta de Andalucía el cese del Consejero Mayor de dicha Cámara.
En consecuencia, concurriendo la causa de terminación de su mandato. Vengo en cesar como Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía a don José Cabrera Bazán.
Sevilla, 29 de julio de 1996
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
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