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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Aljaraque (Huelva), en sesión celebrada el 28 de junio de 1996, relativa a la creación de un puesto de colaboración, de conformidad con lo establecido en el artículo
165.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 2.g) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley
22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera, del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,
Esta Dirección General ha resuelto:
Artículo único: 1. Crear en el Ayuntamiento de Aljaraque, perteneciente a la provincia de Huelva, un puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional con la denominación de Oficial Mayor.
2. Clasificar el mencionado puesto como Secretaría de clase tercera.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 48 apartado e) de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el artículo 109 apartado d) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.
Sevilla, 12 de julio de 1996.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.
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