Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 30/07/1996

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 12 de julio de 1996, de la Dirección General de Administración Local y Justicia, por la que se adscribe en comisión de servicios a don Francisco Javier Rodríguez Rodríguez, Secretario del Ayuntamiento de Grazalema (Cádiz), al puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Benalup (Cádiz).

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Benalup (Cádiz), según acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 16 de mayo de 1996, por el que se solicita la adscripción temporal en comisión de servicios al puesto de trabajo de Secretaría de la citada Corporación de don Francisco Javier Rodríguez Rodríguez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, N.R.P.

24181043/57/A3015, así como la conformidad del Ayuntamiento de Grazalema (Cádiz), manifestada en el acuerdo adoptado por esta Corporación en sesión celebrada el día 27 de junio de 1996, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre y Tercera, del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,

Esta Dirección General ha resuelto:

Conferir la adscripción en comisión de servicios de don Francisco Javier Rodríguez Rodríguez, N.R.P. 24181043/57/A3015, actual Secretario titular del Ayuntamiento de Grazalema (Cádiz), al puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Benalup (Cádiz), corriendo a cargo de este último el pago de las remuneraciones debidas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 48 apartado e) de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el artículo 109 apartado d) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 12 de julio de 1996.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.

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