Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 02/08/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 10 de julio de 1996, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se ordena publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Andaluz de la Mujer y el Fondo de Promoción de Empleo del sector de construcción naval, para el desarrollo del programa Libra, en el marco de la iniciativa comunitaria Empleo-Now.

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De acuerdo con lo establecido en la Cláusula undécima del Convenio de Colaboración entre el Instituto Andaluz de la Mujer y el Fondo de Promoción de Empleo del Sector de Construcción Naval, para el Desarrollo del Programa Libra (Formación de Formadoras/es. Formación en Igualdad) en el Marco de la Iniciativa Comunitaria Empleo-Now, esta Dirección resuelve ordenar la publicación del texto del mismo para su público conocimiento en Anexo I.

Sevilla, 10 de julio de 1996.- La Directora, Carmen Olmedo Checa.

ANEXO I

«CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER Y EL FONDO DE PROMOCION DE EMPLEO DEL SECTOR DE CONSTRUCCION NAVAL, PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA LIBRA (FORMACION DE FORMADORAS/ES. FORMACION EN IGUALDAD) EN EL MARCO DE LA INICIATIVA COMUNITARIA EMPLEO-NOW.

En Sevilla a 1 de julio de mil novecientos noventa y seis.

R E U N I D O S

Sra. doña Carmen Olmedo Checa, Directora General del Instituto Andaluz de la Mujer, y Sr. don Fernando Villén Rueda, representante legal del Fondo Promoción de Empleo del sector de la Construcción Naval.

Actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, reconociéndose capacidad jurídica y obligándose en los términos del presente documento,

M A N I F I E S T A N

I. El Estatuto de Autonomía establece en el artículo 12.2 que la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y la mujer andaluces, promoviendo la plena incorporación de ésta en la vida social y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política.

II. Por acuerdo de Consejo de Gobierno de 17 de enero de 1995 se aprueba el II Plan Andaluz de Igualdad de oportunidades: "Las mujeres en Andalucía, estrategias para avanzar", que promueve políticas específicas de acción positiva. Concretamente, la acción núm. 58 propugna: "Desarrollar programas de formación en materia de igualdad de oportunidades dirigidos a docentes de la Formación Profesional Ocupacional y al personal de la Administración Pública".

III. El Instituto Andaluz de la Mujer, de acuerdo con su reglamento aprobado por Decreto 1/1989 de 10 de enero para el cumplimiento de sus fines, establecerá relaciones con otros centros y organismos que por razón de sus fines contribuyan a la consecución de los objetivos del Instituto.

IV. Que el Fondo de Promoción de Empleo del sector de la construcción naval (FPE) es una institución de larga experiencia de formación, de análisis de necesidades y realización de proyectos formativos; como institución receptora de las experiencias regionales afectadas por procesos de reconversión y como entidad colaboradora de la Red de Experiencias Locales.

V. La Iniciativa Comunitaria de Empleo y Recursos Humanos, contempla en su capítulo Empleo-Now como actuación prioritaria los planes de formación y las acciones de sensibilización.

VI. Las partes que suscriben el presente Convenio, han promovido en el marco de esta Iniciativa el programa Libra: Formación de Formadoras/es. Formación en Igualdad.

VII. Que con fecha 19 de octubre de 1995 se suscribió Convenio de Colaboración entre el Instituto Andaluz de la Mujer y el FPE para la puesta en marcha del programa Libra en su primera fase de ejecución por un importe total de 14.737.000 ptas., quedando pendientes las fases de desarrollo hasta el 31-12-97.

Que al existir plena coincidencia entre las partes en los objetivos perseguidos, y los medios necesarios para su ejecución, así como la voluntad de aunar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de actuación, acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo con las siguientes

C L A U S U L A S

Primera. El presente Convenio tiene por objeto regular la colaboración para la realización de la II Fase del programa Libra: "Formación de Formadoras/es. Formación en Igualdad" como contribución al desarrollo de una formación profesional ocupacional no sexista.

Segunda. El FPE validará los materiales didácticos elaborados en cumplimiento del Convenio citado en la manifestación VII.

Tercera. El FPE realizará un estudio de investigación para detectar los "factores claves" que puedan transmitir a la formación un carácter sexista. A partir de ello diseñará una Guía de Impartición para la óptima implementación de los materiales curriculares. Esta Guía tendrá una dimensión europea en la concepción de medidas de formación e inserción laboral de mujeres, así como el ejercicio de la ocupación de Formador/a ocupacional en la Unión Europea. Asimismo validará, tanto los materiales didácticos que integran el curriculum de Formación de Formadoras/es, elaborados en el marco del convenio anteriormente citado, como la Guía de Impartición.

Cuarta. El FPE pondrá a disposición del programa un equipo de trabajo, conformado por personal experto en formación de formadoras/es y elaboración de materiales didácticos, no inferior a cuatro personas a jornada completa y otras colaboraciones específicas, así como el personal necesario para las tareas de gestión y administración.

Quinta. La metodología para la investigación, diseño y elaboración se establecerá de común acuerdo entre las partes firmantes, en el marco de la memoria que figura como Anexo al presente convenio.

Sexta: El Instituto Andaluz de la Mujer contribuirá a la realización del programa con el asesoramiento permanente en materia de igualdad de oportunidades de las mujeres, acompañando y supervisando la determinación de los contenidos curriculares y su elaboración.

Séptima. La realización de las actividades previstas en el presente Convenio y memoria anexa, serán financiadas por el Instituto Andaluz de la Mujer y el Fondo de Promoción de Empleo, aportando las siguientes cantidades en el ejercicio 1996:

Instituto Andaluz de la Mujer: 17.000.000 ptas.

Fondo de Promoción de Empleo: 1.000.000 ptas.

Para el cumplimiento de las actividades establecidas en el presente Convenio, el Instituto Andaluz de la Mujer abonará al Fondo de Promoción de Empleo (diecisiete millones de pesetas ptas.), cantidad que será transferida a la cuenta del FPE fraccionada en dos partes. El 50% a la firma del presente Convenio y el otro 50%, previa justificación de los trabajos realizados.

Octava. En consonancia con las normas del Fondo Social Europeo, El FPE elaborará una memoria económica y funcional por semestre, o período de tiempo que se establezca, de las actividades realizadas y las cantidades gestionadas.

Novena. El presente Convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de

1996, incluida la fase de justificación, sin perjuicio de las prórrogas que pudieran acordarse. No obstante, su finalización tendrá lugar también por alguna de las cláusulas siguientes:

a) Mutuo acuerdo de las partes, por escrito.

b) Renuncia de una de las partes, realizada con una antelación mínima de tres meses.

En caso de resolución anticipada del Convenio, una comisión mixta establecerá la forma de liquidación del presente Convenio. Décima. Para la determinación de la coordinación y seguimiento de las actuaciones derivadas del cumplimiento del presente Convenio, se constituirá una comisión mixta formada por dos representantes de cada una de las entidades firmantes.

Undécima. El presente Convenio, una vez firmado, será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para público conocimiento del mismo.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, se firma este documento en el lugar y fecha indicados "ut supra". La Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, doña Carmen Olmedo Checa. El Representante del Fondo de Promoción de Empleo del Sector de Construcción Naval, don Fernando Villén Rueda¯.

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