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Habiéndose detectado errores en la Orden de 7 de abril de 1995, por la que se aprueba la clasificación de las Vías Pecuarias pertenecientes al término municipal de Olula del Río (Almería), se transcriben a continuación las oportunas correcciones, en virtud de lo dispuesto en el Párrafo 2 del artículo 105 de la Ley 30/1992, de 16 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En la Vía Pecuaria núm. 2 «Vereda de los Llanos¯ falta añadir que su anchura legal es de 20 metros.
En la Vía Pecuaria núm. 3 «Vereda de los Centenicos¯ donde dice: Que tiene una longitud aproximada de 3.150 metros, debe decir: Que tiene una longitud aproximada de 4.800 metros.
Sevilla, 18 de diciembre de 1995
MANUEL PEZZI CERETTO
Consejero de Medio Ambiente
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