Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 13/08/1996

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Otros. AYTO. DE UBEDA. PATRONATO MPAL. DE DEPOTES

CORRECCION de errata a Anuncio de bases. (BOJA núm. 82, de 18.7.96).

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Advertida errata por omisión en la disposición de referencia, a continuación se transcribe la oportuna rectificación.

En la página núm. 8.325, columna derecha, antes de la primera línea deberá insertarse lo que sigue:

1.ª Objeto de la Convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso oposición, del puesto de trabajo denominado Monitor de actividades deportivas, vacante en la plantilla laboral del Patronato Municipal de Deportes de Ubeda, e incluido en la oferta de empleo público de 1996 de dicho Patronato. Su retribución será la fijada presupuestariamente.

2.ª Requisitos que han de reunir los aspirantes.

Para tomar parte en el concurso oposición serán requisitos imprescindibles:

a) Nacionalidad española.

b) Encontrarse en edad laboral.

c) Estar en posesión del título de Bachiller, Bachiller Superior o Formación Profesional de 2.º Grado o equivalente. En caso de presentar titulación equivalente, deberá ir acreditada mediante certificación expedida por la Administración Educativa competente.

d) Estar en posesión del Título de Monitor de Natación de la Federación Española de Natación.

e) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal desempeño del puesto de trabajo.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a la comunidad autónoma o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

g) No tener otro empleo en el sector público en el momento de la contratación si resultara designado, y no estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para ser contratado de acuerdo con la legislación vigente.

3.ª Solicitudes.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso oposición deberán ir dirigidas al Sr. Presidente del Patronato Municipal de Deportes. En las instancias los aspirantes harán constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y vendrán acompañadas de los documentos acreditativos de los méritos alegados, especificados en la base quinta que hayan de surtir efectos en la fase de concurso.

Dicha documentación deberá presentarse en sus originales o en fotocopias debidamente compulsadas.

El plazo de presentación de instancias es de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en extracto publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Los derechos de examen, que los aspirantes ingresarán al presentar la instancia se fijan en la cantidad de 2.000 pesetas, adjuntando a las mismas el resguardo acreditativo de dicho ingreso. Dichos derechos de examen sólo serán devueltos en el caso de que el aspirante no sea admitido al presente concurso oposición. Las instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Ubeda, o también podrán presentarse como determina el art.

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente procederá a la aprobación de la lista de admitidos y excluidos, pudiendo los aspirantes excluidos, en el plazo de diez días, previsto en el art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, subsanar las deficiencias. Asimismo, el Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará público en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente. En dicho edicto se determinará el lugar, fecha y hora en la que el Tribunal se constituirá para la resolución del concurso.

4.ª Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador tendrá la siguiente formación:

Presidente: El del Patronato o miembro del mismo en quien delegue.

Vocales: El Gestor Asesor Técnico del Patronato o funcionario municipal adscrito al Patronato.

Un representante designado por la Junta Rectora de entre los vocales de la misma.

Un técnico deportivo designado por el Presidente del Patronato.

Un representante de la Junta de Andalucía.

Secretaria: La del Patronato.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente.

5.ª Fase de concurso.

La calificación de aspirantes en la fase de concurso será realizada por el Tribunal examinando las condiciones y méritos acreditados por cada aspirante con su solicitud, de acuerdo con el baremo de méritos siguiente:

1. Actividades de formación (puntuación máxima 2 puntos).

1.1. Por la asistencia a cursos, jornadas o encuentros relacionados con el Deporte, tanto generales como especializados, impartidos por organismos oficiales, 0,2 puntos por cada uno de ellos.

2. Experiencia profesional (puntuación máxima 3 puntos).

2.1. Por año trabajado en la Administración Pública en el puesto de trabajo de Monitor de Natación, 2 puntos.

2.2. Por año trabajado en la Administración Pública en el puesto de trabajo de Monitor de Gimnasia de Mantenimiento, 2 puntos.

2.3. Por año trabajado en la Administración Pública en cualquier otra actividad deportiva, 1 punto.

6.ª Fase de oposición.

Primer ejercicio: Contestar por escrito a dos temas sacados al azar, para todos los aspirantes, uno de cada parte del temario incluido en el Anexo I de las presentes Bases en un tiempo máximo de dos horas.

Sevilla, 7 de agosto de 1996

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