Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 23/01/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 27 de diciembre de 1996, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por la que se hace pública la relación de municipios, número de viviendas objeto de actuación y cuantía total de la subvención por Ayuntamientos, afectados por la Orden que se cita.

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La Consejería de Obras Públicas y Transportes consciente de la problemática de la vivienda rural en localización aislada y de su bajo grado de electrificación y abastecimiento de agua, continuando con acciones semejantes de años anteriores, convocó mediante Orden de 12 de julio de

1996, subvenciones a los Ayuntamientos, destinadas a la rehabilitación y mejora de estas viviendas.

El artículo 7º de la citada Orden prevé la publicación en el BOJA de la relación de municipios, concedidas mediante Resolución del Director General de Arquitectura y Vivienda.

En su virtud, y de conformidad con las disposiciones que son de aplicación, se ha resuelto lo siguiente:

Primero. Se hace pública, la relación de municipios destinatarios de la subvención regulada en la Orden de 12 de julio de 1996, así como el número de viviendas objeto de actuación en cada uno de ellos y la cuantía total de subvención por Ayuntamiento, todo lo cual queda recogido en el Anexo I de la presente Resolución.

Segundo. La selección definitiva de las viviendas de actuación correspondientes a cada municipio, tanto en la modalidad de electrificación, abastecimiento de agua o aumento de potencia, corresponderá salvo motivo justificado con la remitida por los Ayuntamientos en la solicitud, de acuerdo con los criterios señalados en el artículo 4º, apartado c, de la Orden de Convocatoria.

Tercero. De acuerdo con los artículos 11 de la Orden de Convocatoria y 94 de la Orden de 2 de agosto (BOJA núm. 100), cada Ayuntamiento seleccionará a la empresa instaladora, teniendo un plazo de seis meses, según el artículo 9, para la ejecución de las obras contado desde la fecha de notificación por parte de esta Consejería.

Cuarto. Las certificaciones para el abono de la subvención se entregarán en las respectivas Delegaciones Provinciales de esta Consejería. Asimismo, la Resolución presente se ajusta a lo establecido en la Orden de 2 de agosto de

1996, sobre desarrollo y tramitación de los distintos programas de vivienda del II Plan Andaluz de Vivienda y Suelo, para el cuatrienio 1996-1999 (BOJA núm. 100, del 31 de agosto), y más concretamente a lo regulado en la Sección

5ª, Mejora Vivienda Rural en localización aislada, artículos 90 al 94 de la citada Orden.

Sevilla, 27 de diciembre de 1996.- El Director General, Víctor Pérez Escolano.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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