Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 18/09/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

DECRETO 211/1997, de 9 de septiembre, por el que se crea el puesto de Asesor Ejecutivo del Consejero de Obras Públicas y Transportes para la coordinación del Plan de Actuación en Núcleos de Chabolismo en Andalucía.

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El Decreto 445/1996, de 24 de septiembre, regula la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, y establece que corresponden a la misma, entre otras, las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en las materias de ordenación del territorio, urbanismo y arquitectura y vivienda.

El Plan de Actuación en Núcleos de Chabolismo en Andalucía constituye una propuesta de intervención conjunta e integral de las distintas Consejerías competentes y las Corporaciones Locales cuyo objetivo es la paulatina erradicación del fenómeno del chabolismo en el territorio de la Comunidad Autónoma y la mejora de la calidad de vida de la población afectada por el mismo.

Para el mejor desempeño de las tareas inherentes a la coordinación del Plan de Actuación, resulta aconsejable la creación de un puesto de apoyo y asesoramiento especial con la naturaleza jurídica y características funcionales y retributivas que se establecen en los artículos 28 y 47 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

En su virtud, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 9 de septiembre de 1997.

D I S P O N G O

Artículo único. 1. Se crea en la Consejería de Obras Públicas y Transportes un puesto singularizado de Asesor Ejecutivo, para la coordinación del Plan de Actuación en Núcleos de Chabolismo en Andalucía, adscrito directamente al Consejero.

2. Dicho puesto, de carácter de confianza o asesoramiento especial, tendrá naturaleza de puesto eventual, siendo su régimen jurídico el que para este tipo de personal establece la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en sus artículos 28 y 47.

3. Las retribuciones de este puesto serán las equivalentes a las que correspondan a un funcionario del grupo A, complemento de destino correspondiente al nivel 30, y complemento específico de 2.312.004 pesetas anuales por los factores de Responsabilidad, Dificultad, Dedicación e Incompatibilidad.

Disposición Final Unica. El presente Decreto tendrá efectividad desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de septiembre de 1997

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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