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Habiéndose acreditado el interés social de su finalidad y las circunstancias excepcionales que aconsejan su concesión, en virtud de la facultad que se atribuye a los titulares de las Consejerías por el artículo
104 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, en relación con el artículo 107 del mismo cuerpo legal, se ha acordado conceder a la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar una subvención por importe de 13.882.600 pesetas, con cargo a los créditos de la aplicación presupuestaria 01.21.00.01.00.464.00.22B.6 cuyo objeto es permitir la continuación del Programa del Atención a Niños en situación de riesgo social que lleva a cabo la citada Entidad Local.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 18 de la Ley 8/96, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la misma para 1997.
Sevilla, 3 de septiembre de 1997.- La Directora General, Leonor Rojo García.
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