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El artículo 7.º de la Ley 8/1993, de 19 de octubre, de creación del Consejo Consultivo, establece que los Consejeros Electivos serán nombrados por Decreto del Consejo de Gobierno, entre profesionales y científicos que se hayan distinguido en el campo del Derecho.
Producida una vacante entre los Consejeros Electivos, por la causa prevista en el artículo 9.b), de la citada Ley 8/1993, a propuesta del Consejero de la Presidencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de septiembre de 1997.
Vengo en nombrar Consejero Electivo del Consejo Consultivo de Andalucía a don Emilio de Llera Suárez-Barcena.
Sevilla, 23 de septiembre de 1997
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
GASPAR ZARRIAS AREVALO
Consejero de la Presidencia
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